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La Seguridad Social deniega la incapacidad permanente a una trabajadora con cáncer y fibromialgia porque “puede seguir trabajando” y la justicia ordena concederle una pensión de 1.362,97 euros

El Tribunal explicó que las secuelas derivadas del cáncer de mama, la fibromialgia y los trastornos psicológicos eran más que suficientes para reconocer la incapacidad permanente total.

paciente con cáncer en un hospital
La Seguridad Social deniega la incapacidad permanente a una trabajadora con cáncer y fibromialgia porque “puede seguir trabajando” y la justicia ordena concederle una pensión de 1.362,97 euros |Envato
Francisco Miralles
Fecha de actualización:
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Una mujer que trabajaba como jefa administrativa y afectada por un cáncer de mama, fibromialgia y trastornos psicológicos ha conseguido que le reconozcan la incapacidad permanente total después de que el Instituto Nacional de la Seguridad Social se la denegara. Para el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, las secuelas eran más que suficientes como para conceder la incapacidad en su profesión habitual, por lo que cobrará una pensión vitalicia equivalente al 75% de su base reguladora, es decir, 1.362,97 euros.

Todo empieza cuando esta mujer comienza a sufrir problemas de salud. Tras acudir a los servicios médicos, los mismos detectaron un carcinoma ductal en la mama derecha (cáncer de mama), lo que obligó a una intervención quirúrgica y a posteriores sesiones de radioterapia. Debido al tratamiento y al paso del tiempo, además de las secuelas oncológicas, empezó a sufrir fibromialgia, ansiedad generalizada, insomnio crónico y un deterioro psicológico derivado del dolor persistente.

Por este motivo, la trabajadora tuvo que iniciar una baja médica y estuvo así casi dos años hasta agotar la duración máxima de incapacidad temporal. Al agotarse, esta solicitó el reconocimiento de la incapacidad permanente, pero el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) de la Seguridad Social se la denegó.

En la carta de resolución le explicaron que pese a que seguía con un cuadro de dolores, problemas de movilidad y un importante deterioro emocional, la Seguridad Social entendió que “puede seguir trabajando”, pese a los dolores, la pérdida de movilidad y el importante deterioro emocional que arrastraba. Ante esta negativa, la mujer decidió acudir a los tribunales. Al no estar conforme y tras varias reclamaciones desestimadas, la misma decidió acudir a los tribunales.

Incapacidad permanente total debido a las secuelas de cáncer y fibromialgia

A pesar de que en una primera instancia el Juzgado de lo Social número 4 de Gijón no le dio la razón a la trabajadora, tras un recurso de suplicación el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, si que le dio la razón, aunque de forma parcial. Es decir, le reconocieron la incapacidad permanente total.

En esta instancia la demandante insistió en que sus secuelas físicas y, sobre todo, las psíquicas le impedían realizar con normalidad las funciones propias de su profesión de jefa administrativa. En cambio, la Seguridad Social, en cambio, mantuvo que la mujer “puede seguir trabajando” y que las patologías diagnosticadas “no son lo suficientemente graves para ser constitutivas de incapacidad permanente”.

Aun así, la TSJ dio la razón a la mujer concediéndole el derecho a cobrar la incapacidad permanente total cualificada, qué es la que se cobra cuando se tiene más de 55 años y no se tiene trabajo.

Imposibilidad de ejercer su profesión habitual

En su resolución, el Tribunal dejó claro que “la situación psíquica de la actora, caracterizada por ansiedad, depresión e insomnio persistentes, origina una verdadera inhabilidad para el desempeño de los cometidos fundamentales de su profesión habitual de jefa administrativa”.

Aunque las limitaciones físicas (fibromialgia, linfedema y dolor en hombros) no bastaban por sí solas para justificar la prestación, la Sala explicó que “los menoscabos psicológicos constatados impiden mantener en condiciones óptimas el contacto, la atención y las relaciones sociales que exige su puesto de trabajo”.

Oficina de la Seguridad Social
Una oficina de la Seguridad Social | Archivo

Por todo ello, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias reconoció la incapacidad permanente total derivada de enfermedad común, con derecho a percibir una pensión vitalicia del 75% de su base reguladora (1.817,30 euros mensuales) desde la fecha del cese en el trabajo.