La Seguridad Social choca de nuevo con la Justicia. En esta ocasión, con el caso de una incapacidad permanente de una ganadera gallega de 60 años que sufre fuertes dolores de hombros y lumbalgia. Así lo confirma la decisión del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) al recibir un recurso presentado por la afectada. Pero, ¿cuál era el motivo del rechazo y por qué finalmente ha conseguido cobrar la pensión contributiva?
Previamente, una sentencia del Juzgado de lo Social nº 3 de Santiago de Compostela denegó la concesión a pesar de demostrar que el dolor le impedía cargar pesos y le obligó a tomar, entre otros fármacos, analgésicos opioides.
En un primer momento, tanto el tribunal médico de la Seguridad Social como el Juzgado de lo Social, consideraron en una primera instancia que los problemas de salud de la ganadera no eran suficientes como para cobrar la incapacidad permanente absoluta para su profesión porque sus lesiones no la incapacitaron para la profesión habitual.
Sin embargo, la nueva sentencia emitida por este alto tribunal autonómico sí que ha determinado que debe cobrarla por diversos motivos, como se verá a continuación. Por esta decisión de los magistrados, contra la que cabe recurso de casación, la ganadera tendrá derecho a una pensión vitalicia del 75% de su base reguladora mensual, que en este caso es de 775 euros mensuales.
¿Por qué la Justicia permite cobrar una incapacidad permanente a la ganadera?
En su resolución, el TSXG destaca que la ganadera: "Presenta lumbalgia mecánica crónica irradiada a miembro inferior derecho hasta justo debajo de la rodilla y dolor en hombros, sobre todo en el derecho, como consecuencia de tendinopatía crónica de manguito de rotadores".
Además, prosigue apuntando a que las dolencias sufridas: "Ocasionan que deba evitar la carga de pesos sobre miembros superiores y el trabajo a mano alzada, así como movimientos de flexión de columna lumbar, y esfuerzos sobre columna lumbar y miembros inferiores, sobre todo del derecho, que están presentes, de forma continua, durante la realización de las principales tareas de la profesión habitual de la trabajadora, peón de ganadería autónoma".
En primera instancia, el tribunal médico rechazó que los problemas de salud de la ganadera eran suficientes como para que obtuviera la incapacidad permanente absoluta, alegando que las lesiones no alcanzaban el grado suficiente de disminución de su capacidad laboral. Es decir, que no obtuvo el grado de discapacidad mínimo del 33%.
El TSXG admite que la ganadera, al ser reconocida por el Equipo de Valoración de Incapacidades: "Presenta unos balances articulares en rango y puede realizar todo tipo de movimientos". ¿Por qué? Porque había permanecido de baja laboral durante 545 días antes de ser valorada, es decir, el tiempo máximo permitido. Y añade que: "Tras causar alta médica y unos meses después", concluye la sentencia, "ha causado una nueva baja médica con diagnóstico de omalgia (dolor de hombro) y artrosis generalizada".
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