Esquerra Republicana (ERC) defendió el 14 de septiembre en la Comisión de Trabajo del Congreso una proposición no de ley (PNL) que reclama al Gobierno un decreto para reconocer la jubilación anticipada al personal de la industria química y del refino mediante coeficientes reductores. La formación alega que estos empleos son “penosos, peligrosos o tóxicos”, con un deterioro “físico, mental y social progresivo” que se acentúa con la edad, y sostiene que el sector cumple los requisitos que ya permiten adelantar el retiro en otras profesiones.
La PNL, de alcance político y sin efectos automáticos, insta al Ejecutivo a iniciar el expediente que exige la normativa vigente para rebajar la edad ordinaria de jubilación por razón de actividad profesional. Ese procedimiento, regulado en el Real Decreto 402/2025, obliga a acreditar con datos objetivos la penosidad, peligrosidad, toxicidad o insalubridad del trabajo, así como índices elevados de morbilidad o mortalidad. Además, requiere estudios específicos sobre siniestralidad y salud laboral, el informe de la Inspección de Trabajo y, en su caso, la elaboración de un proyecto de real decreto que fije el coeficiente aplicable y el perímetro profesional exacto.
Fuentes del sector celebran el paso político dado en el Congreso, pero admiten que el calendario dependerá del avance del expediente técnico y de la capacidad del Ministerio de Inclusión y Seguridad Social para completar los informes y elevar una norma con rango reglamentario.
Jubilación anticipada sin penalización
El sistema público de pensiones de España recoge los coeficientes reductores en la Ley General de la Seguridad Social y desarrollado por distintos reales decretos que permite anticipar la jubilación sin penalización en la cuantía cuando la naturaleza del trabajo sea excepcionalmente penosa, peligrosa o tóxica y esos riesgos no puedan eliminarse incluso tras aplicar medidas preventivas.
La Seguridad Social recuerda que, con carácter general, la aplicación de coeficientes no permite acceder a la pensión con una edad inferior a 52 años, salvo excepciones históricas en regímenes especiales. En todos los casos, el tiempo de rebaja computa como cotizado a efectos del porcentaje de la pensión, pero exige acreditar un mínimo de años efectivamente trabajados en los puestos reconocidos.
Hoy forman parte de este sistema colectivos como los trabajadores incluidos en el Estatuto Minero, determinados ferroviarios, el personal de vuelo de trabajos aéreos, artistas en condiciones tasadas, profesionales taurinos, bomberos y distintos cuerpos policiales (locales, Ertzaintza, Mossos d’Esquadra o Policía Foral de Navarra), cada uno con reglas y coeficientes propios.
La pretensión de ERC es incorporar a la cadena petroquímica y de refino a esta relación, delimitando con precisión categorías, turnos y tareas expuestas a sustancias peligrosas, nocturnidad y ritmos de producción intensivos.
Ahora, el cómo impactará en el tensionado sistema de pensiones es clave, ya que el Real Decreto 402/2025 y las normas previas establecen la neutralidad del sistema mediante un tipo adicional de cotización para el colectivo beneficiario, a fin de compensar el adelanto en el retiro y el incremento de gasto asociado. Ese recargo debe cuantificarse en la memoria económica y concretarse en la propia norma de reconocimiento, con distribución entre empresas y trabajadores. En sectores ya incorporados, el recargo ha sido una condición necesaria para cerrar el equilibrio actuarial.
Desde el punto de vista laboral, los sindicatos del ramo subrayan que, “aunque las empresas están obligadas a minimizar riesgos”, persiste un riesgo residual que no puede eliminarse por completo, lo que justificaría una bonificación en la edad de jubilación. Citan como factores de desgaste la exposición a sustancias y agentes nocivos, la turnicidad y el trabajo nocturno. La patronal, por su parte, suele advertir de los costes añadidos en cotizaciones y de la necesidad de contar con evidencias sólidas antes de extender el mecanismo a nuevos colectivos.

