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Cuántos años tienes que cotizar para cobrar una pensión de incapacidad permanente

El número de años cotizados dependerá del grado de incapacidad y de la causa que la origine. En ciertos casos, no se exigirá un mínimo de cotización.

Una mujer firma la incapacidad permanente
Los años que tienes que cotizar para cobrar una incapacidad permanente. |Envato
Francisco Miralles
Fecha de actualización:
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Cuando un trabajador sufre una enfermedad o accidente por el que ve reducida o anulada su capacidad laboral, tiene la posibilidad de solicitar una pensión de incapacidad permanente. Al ser una prestación contributiva, es fundamental conocer los años que es necesario cotizar para poder cobrarla.

La Seguridad Social exigirá o no un periodo mínimo de cotización dependiendo del grado de incapacidad (parcial, total, absoluta o gran invalidez) y de la contingencia que la origine.

  • Si la causa es una enfermedad común, sí se exigirá un periodo mínimo de cotización.
  • Si la causa es un accidente (sea o no de trabajo) o una enfermedad profesional, no se exigirá ningún periodo previo de cotización.

Los diferentes periodos de cotización necesarios para acceder a la pensión de incapacidad permanente, que varían según el grado de incapacidad y la edad del beneficiario, vienen regulados principalmente en el artículo 195 de la Ley General de la Seguridad Social, que se puede consultar en este Boletín Oficial del Estado.

¿Cuál es el periodo mínimo de cotización para una Incapacidad Permanente por enfermedad común?

Cuando la incapacidad permanente deriva de una enfermedad común, es necesario estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social y acreditar un periodo de cotización que varía según el grado reconocido:

Incapacidad Permanente Parcial

Para este grado de incapacidad, se exige un periodo mínimo de cotización de 1.800 días, que deben estar comprendidos en los 10 años inmediatamente anteriores a la fecha en la que finalizó la incapacidad temporal de la que deriva la incapacidad permanente.

Incapacidad Permanente Total, Absoluta y Gran Invalidez

Para estos grados, el periodo de cotización exigido depende de la edad del solicitante en la fecha del hecho causante:

  • Si el beneficiario es menor de 31 años: Deberá acreditar la tercera parte del tiempo transcurrido entre la fecha en que cumplió los 16 años y la del hecho causante de la pensión.
    • Ejemplo: Si el hecho causante es a los 25 años, han pasado 9 años desde los 16. Se necesitará haber cotizado un tercio de ese tiempo, es decir, 3 años.
  • Si el beneficiario tiene 31 años o más: Deberá acreditar la cuarta parte del tiempo transcurrido entre la fecha en que cumplió los 20 años y la del hecho causante, con un mínimo, en todo caso, de 5 años cotizados. Además, se exige que al menos una quinta parte de ese periodo de cotización esté comprendida dentro de los 10 años inmediatamente anteriores al hecho causante.

Aclaraciones importantes sobre el acceso a la pensión

  • ¿Es necesario llevar 18 meses de baja? No es un requisito como tal. Lo que la ley establece es que la incapacidad permanente, por regla general, debe derivar de una situación de incapacidad temporal previa. Cuando esta incapacidad temporal alcanza su

    plazo máximo de 545 días (cerca de 18 meses), la Seguridad Social debe examinar obligatoriamente el estado del trabajador para su posible calificación como incapacitado permanente.

  • ¿Se puede solicitar sin estar de alta? Para la incapacidad permanente absoluta o la gran invalidez, es posible acceder a la pensión, aunque no se esté en situación de alta o asimilada. En este caso, el requisito de cotización es más estricto: se deben acreditar

    15 años cotizados, de los cuales al menos 3 años deben estar comprendidos en los 10 años inmediatamente anteriores al hecho causante.

Cuántos años hay que tener cotizado cuando es por accidente o enfermedad profesional

En el caso de que la incapacidad permanente venga derivada de un un accidente (sea laboral o no) o por una enfermedad profesional, la ley es clara y no exigiría ni un solo día de cotización para tener derecho a la pensión.

Por ejemplo, un hombre que lleva trabajando como bombero un año y sufre un accidente profesional por el que le dan una incapacidad permanente. En este caso no se le pedirá ningún día de cotización.