Desde el 1 de enero de 2026, los trabajadores que acceden a la jubilación anticipada voluntaria y cuya pensión resultante fuera superior a la pensión máxima sufren un recorte adicional que en algunos casos puede llegar hasta los 400 euros mensuales. Para evitar esta “penalización” tan fuerte, el Gobierno introdujo la Disposición Transitoria 34 de la Ley General de la Seguridad Social, que viene debido a la segunda reforma de las pensiones y regulada en la Ley 27/2011, aunque esta era temporal. En las últimas semanas se ha generado gran confusión sobre la posibilidad de que el Gobierno diera marcha atrás. Alfonso Muñoz Cuenca, funcionario de la Seguridad Social, explica que a día de hoy se sigue aplicando lo que dice la ley y no está en disposición, lo que provoca que los recortes sean más severos.
“A día de hoy, los funcionarios de la Seguridad Social no tenemos constancia de que la disposición transitoria 34 se haya restituido”, avisa en su canal de YouTube. Muñoz añade además que incluso él mismo lo comprobó de primera mano: “Ayer realicé un informativo de jubilación para una persona y el simulador aplicaba los coeficientes reductores generales sobre la pensión máxima y, por tanto, no aplicaba los coeficientes específicos de la disposición transitoria 34”.
Qué hacía la DT34 y por qué el ministerio la considera agotada
La Disposición Transitoria 34 de la LGSS, introducida por la Ley 21/2021, establecía unos coeficientes reductores específicos más favorables que los generales para la jubilación anticipada voluntaria cuando la pensión teórica del trabajador superaba la pensión máxima (se aplica el método de cálculo y, si la pensión resultante está por encima de la máxima, se aplica este recorte). Estos nuevos coeficientes se aplicaban de forma progresiva durante diez años. El mecanismo fue diseñado para no castigar dos veces al mismo trabajador: una por topar en el límite máximo de la cuantía y otra por el adelanto en la edad.
Pero la propia norma tenía un mecanismo de extinción incorporado. “En el apartado primero de dicha disposición se establecía que si se daban unas circunstancias concretas, dichos coeficientes reductores dejarían de aplicarse y se aplicarían los coeficientes generales sobre la pensión máxima”, detalla Muñoz Cuenca.
La clave está en ese apartado primero. “El ministerio entiende que dichas circunstancias ya se han producido y, por tanto, considera que desde el 1 de enero de 2026 no deben aplicarse los coeficientes reductores de dicha disposición transitoria”. La DT34 no ha sido derogada formalmente.
Hasta 400 euros menos al mes
De hecho Alfonso, ya mostró un ejemplo sobre esto, donde un trabajador que se jubila voluntariamente dos años antes de la edad ordinaria y que acredita 38 años cotizados veía en 2025, con la DT34 activa, una reducción del 9,10% sobre la pensión máxima (en concreto, 305,69 euros al mes), lo que dejaba la pensión en 3.053,93 euros. Desde enero de 2026, sin la DT34, se aplican los coeficientes generales del artículo 208 de la LGSS, la reducción sube al 21%, lo que supone 705,52 euros al mes de recorte. La pensión cae a 2.654,08 euros. Esto implica una pérdida de 399,85 euros mensuales, unos 5.600 euros anuales.
“Esto ha provocado en algunos casos un recorte bastante brusco de la pensión, que puede rondar aproximadamente los 400 euros mensuales”, reconoce el propio Muñoz Cuenca. Y un matiz importante que circula distorsionado en algunos artículos: el nuevo cálculo no es más gradual ni más suave. Es exactamente lo contrario. La DT34 era precisamente la que establecía el régimen más favorable, y su ausencia lo que genera el recorte.
Quiénes quedan al margen de este recorte
La DT34 afectaba exclusivamente a la jubilación anticipada voluntaria, es decir, a quienes deciden jubilarse antes de la edad ordinaria por decisión propia. Los que accedieron a la jubilación anticipada por causas ajenas a su voluntad (despido colectivo, extinción objetiva, cierre de empresa) se rigen por coeficientes mucho más bajos, siendo de un 0,50% de reducción por trimestre anticipado (frente al 2% en la vía voluntaria), con un recorte total máximo del 4% en ocho trimestres, frente a los 705 euros mensuales del ejemplo anterior.
Además, mantienen los coeficientes favorables quienes cumplen dos condiciones concretas. Por un lado, trabajadores cuyo contrato se extinguió antes del 1 de enero de 2022 sin reincorporación posterior superior a doce meses de cotización. Por otro, empleados cuyo cese derivó de un expediente de regulación de empleo aprobado antes del 1 de enero de 2022.
Si el Gobierno cambia de posición, necesitaría modificar la propia norma
Ante la avalancha de consultas de afectados, Muñoz Cuenca dice que “a la pregunta de si se ha restituido la disposición transitoria 34, la respuesta es que a día de hoy, no”, zanja. Pero añade un dato técnico que explica por qué una vuelta atrás no sería tan sencilla como aprobar un decreto: “Para que estos coeficientes reductores pudieran volver a aplicarse, posiblemente habría que suprimir o modificar el apartado primero de dicha disposición, porque es precisamente en ese apartado donde se indica que no deberían aplicarse estos coeficientes siempre que se den determinadas circunstancias”.
Los funcionarios de la Seguridad Social no tienen constancia, por tanto, de que la Disposición Transitoria 34 se haya restituido. El simulador oficial sigue calculando las pensiones sin ella, y hasta que no haya una modificación normativa formal, los trabajadores que se jubilen voluntariamente antes de la edad legal con una pensión teórica por encima del máximo seguirán viendo aplicados los coeficientes generales del artículo 208 de la Ley General de la Seguridad Social.

