
La Seguridad Social tiene habilitada una ayuda que viene a dar asistencia económica a las personas o familias que carecen de las rentas suficientes para vivir dignamente. Se trata del Ingreso Mínimo Vital, una prestación no contributiva. Como la administración es consciente de los problemas de vulnerabilidad que tienen muchos jóvenes, ha lanzado un mensaje para avisar de que los solteros mayores de 18 años pueden cobrarlo siempre que cumplan un requisito específico.
La duda era lógica entre ellos porque, a pesar de ser mayores de edad, muchos ven cómo en el estado de la solicitud se topan con el ‘no’ administrativo, es decir, con el rechazo de la Seguridad Social.
No tiene nada que ver de si se está trabajando o no, precisamente esta prestación está destinada a autónomos, asalariados, desempleados, amas de casa… La razón de ese rechazo es porque entre sus posibles beneficiarios solo puede haber personas solteras o con familia que tengan una edad de entre 23 y 65 años. Entonces, ¿cómo pueden disfrutarla los solteros al llegar a la mayoría de edad?
¿Cuándo es posible acceder al Ingreso Mínimo a partir de los 18 años?
Como toda norma tiene su excepción, el Real Decreto Ley 20/2020, sobre la regulación del Ingreso Mínimo Vital, permite que los mayores de 18 años siempre que tengan menores de edad a su cargo. Pueden ser hijos, hermanos o menores bajo tutela legal.
A esto se añade lo que recoge el portal web de la Seguridad Social recoge que pueden ser posible beneficiarios: “Las personas de entre 18 y 22 años que provengan de centros residenciales de protección de menores en las diferentes Comunidades Autónomas, habiendo estado bajo tutela pública en los tres años anteriores a cumplir los 18, o siendo huérfanos de ambos progenitores, vivan solos y sin unidad de convivencia.”
Requisitos para cobrar el Ingreso Mínimo Vital
Además de la exigencia de la mayoría de edad y estar en alguna de las situaciones anteriores, se exigen otros requisitos para disfrutar de la prestación y corresponden con los siguientes:
Comenzando por tener residencia legal en España durante, al menos, el año anterior a presentar la solicitud. Algo que no es obligatorio para las personas víctimas de violencia de género, violencia doméstica o violencia de trata o sexual.
Al mismo tiempo, es obligatorio presentar una carencia de rentas. Como la ayuda puede solicitarse estando soltero, para un adulto solo este 2024 es imprescindible demostrar que los ingresos anuales del pasado año no superan los 20.353,62 euros. También unas rentas patrimoniales por debajo de los 40.707,24 euros. De ahí que sea fundamental presentar la declaración de la Renta. Es la forma en la que se puede acreditar, a pesar de no tener la obligación fiscal.
Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital
Para solicitar el Ingreso Mínimo Vital de manera cómoda y sin desplazamientos se han habilitado dos opciones:
Si se tiene certificado electrónico o usuario y contraseña en cl@ve, se puede solicitar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. La persona tiene la opción de utilizar este servicio con la ayuda de una persona que disponga de certificado electrónico o cl@ve y que actuará en calidad de representante.
Si no dispone, puede utilizar el servicio habilitado por el INSS para su solicitud sin certificado al que puede acceder desde este enlace.
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