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Iñaki Barredo, abogado experto en Derecho de Familia: “la pareja de hecho no hereda automáticamente si no ha hecho testamento”

Para este abogado, es “un gravísimo error” hacerse pareja de hecho y no optar por el matrimonio, saliendo perjudicado en el tema de herencias, la pensión de viudedad o en caso de ruptura.

Iñaki Barredo, abogado
Iñaki Barredo, abogado experto en Derecho de Familia: “la pareja de hecho no hereda automáticamente si no ha hecho testamento” |RRSS de Iñaki Barredo
Esperanza Murcia
Fecha de actualización:
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Las parejas que quieren formalizar su relación legalmente cuentan con dos opciones: casarse (matrimonio) o hacerse pareja de hecho. ¿Cuál es mejor? Es la pregunta del millón y el abogado Iñaki Barrera, con una amplia experiencia en Derecho de Familia, ha querido dar la respuesta de forma detallada, avisando de que, quienes escoger la segunda opción, están cometiendo “un grave error”.

“Fijaros en las estadísticas del año pasado, el 92% de las parejas optaron por pareja de hecho. Craso error, error gravísimo”, comienza exponiendo, pasando a dar tres ejemplos claros que así lo demuestran. El primero de ellos tiene que ver con las herencias, explicando que la pareja de hecho no hereda automáticamente.

“Me atrevo a decir que salvo en Cataluña y el País Vasco, donde hay plena equiparación entre pareja de hecho y matrimonio y que tiene normativa autonómica, en el resto de comunidades autónomas no. Por lo tanto, si eres pareja de hecho y no has hecho testamento, no heredas automáticamente. Riesgo y peligro inminente”, explica rotundo.

Más requisitos en la pensión de viudedad y mayores problemas en caso de ruptura

El segundo ejemplo que da el abogado Iñaki Barredo es el de la pensión de viudedad, advirtiendo de que “los requisitos son mucho más estrictos para la pareja de hecho que para el matrimonio”. La pareja de hecho, si no está debidamente inscrita y no cumple el requisito de convivencia, que es el doble de largo para el matrimonio,  no tendrá derecho a la pensión, incluso si se puede demostrar la convivencia durante años en el mismo domicilio.

Por último, como tercer ejemplo, explica que en caso de ruptura, a la hora de romper los bienes comunes, sobre todo la vivienda, “si estás casado y si lo estás en gananciales, te ahorras notaría y te ahorras impuestos”. Sin embargo, si estás en pareja de hecho, “tienes que pasar por notaría y pagar impuestos, actos jurídicos documentados por la extinción del proindiviso, de la copropiedad de la vivienda que tienes con tu pareja”.

Y eso no es todo: “Ya no te quiero ni contar si además de una vivienda tienes más viviendas, pues más procedimiento, más notaría y más impuestos”.

Por todo ello, deja claro que es “mucho mejor el matrimonio”, siendo importante no confundirlo con el rito religioso. “Se trata en ambos supuestos, matrimonio o pareja de hecho, de dos expedientes administrativos. Que luego le quieres dar pompa, que luego le quieres dar rito religioso, perfecto. Esa es tu elección y tu decisión, pero no confundas lo uno con lo otro”, concluye.