
Hacienda tiene ojos en todos lados. Es uno de los dichos más populares sobre el Fisco. Ya comenzó el año 2022 con récord histórico de recaudación y seguirá incrementando su vigilancia sobre los movimientos de dinero sospechosos después de que viera reforzada sus recursos e infraestructura tras la aprobación de la Ley antifraude.
La total irrupción de la banca digital ofrece un abanico de posibilidades de acción mucho más amplio que el que hacía la banca tradicional. Solicitud de créditos o préstamos sin salir de casa o realizar ingresos y transferencias al instante. Pero esto también multiplica las vías de control de la Agencia Tributaria ante posibles casos de evasión de impuestos, fraude o blanqueamiento.
Incluso en acciones que a simple vista pudieran parecer inofensivas o lejanas a la ilegalidad ante sus ojos como los ingresos o transferencias entre familiares. Esto, como posibles Bizum de regalo de cumpleaños o Navidad o devolver una cantidad prestada en efectivo a través de un pago digital también está siendo rastreado, por lo que no se deben cometer errores y sí extremar al máximo la precaución.
Cuánto se puede transferir entre familiares
¿Hacienda puede pedir que se declare el envío de dinero por Bizum? Sí, y no solo por Bizum, sino por cualquier tipo de plataforma online. Y no solo entre familiares o amigos, si no entre cualquier empresa o asociación. Con que el importe supere los 6.000 euros, Hacienda ya es notificada por parte de esa entidad bancaria que presta los servicios. Pero en el caso de superar los 10.000 euros, se encarga de investigarlo de lleno y hay que justificarlo.
¿Qué multa hay si se supera el límite en una transferencia?
Todo lo que esté por encima de esos 10.000 euros será necesario que se presente en la declaración de la Renta anual. De no hacerlo, o no poder justificarse, se expone a multas que pueden llegar a suponer el 25 % de lo que se ingresa o transfiere. Es decir, si se envían 15.000 euros y no se declara, Hacienda impondrá una multa de hasta 3.750 euros. Aunque entre familiares es poco probable que se lleguen a esas cantidades.
El impuesto de donaciones
Algo que se pasa por alto. Las transferencias entre familiares están gravadas al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, por lo que, según la autonomía donde hayamos hecho la transferencia, habrá que pagar una parte del porcentaje abonado. Solo se podrá evitar abonando la transferencia como préstamo.
Pero también entraría en juego el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). ¿Qué quiere decir? No habrá que pagar nada, pero sí cumplimentar las autoliquidaciones correspondientes: el modelo 600 en un plazo de 30 días. Aunque cuidado con este método, ya que si Hacienda tiene constancia de que ese dinero no se ha devuelto a la cuenta de origen sospechará de que no se trata de un préstamo.
¿Hay límite con los ingresos en efectivo?
La respuesta es sí y existen dos supuestos:
- Ingresos de 500 euros: no llamarán la atención de la Agencia Tributaria a no ser que la operación se realice con un único billete de 500 euros. Hay que recalcar que los bancos están obligados por ley a avisar al Fisco sobre el quién, el qué y el cómo de un ingreso que contenga este tipo de billete.
- Ingresos que superan 3.000 euros: Un ingreso en efectivo a una cuenta bancaria por encima de la barrera que supone esa cifra activará inmediatamente el radar de Hacienda. Y darán igual los billetes que se usen.

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