La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) trabaja junto con los inspectores de Hacienda en el control exhaustivo de los movimientos de dinero que realizan las empresas y personas en España con el fin de detectar, en especial, la evasión de impuestos. Es decir, que estas no dejen de pagar al Fisco por los ingresos o ganancias que obtengan de sus actividades económicas. Las multas por transferencias bancarias o por no declarar el dinero que supere determinada cantidad pueden significar una sanción de hasta 2.500 euros en algunos casos.
Sin embargo, el trabajo de Hacienda en materia de fraude fiscal, se refuerza constantemente, y en este caso, le ha llegado el turno a los contribuyentes que cuentan con un seguro de vida, como ahorro para su jubilación, tanto sea en España como en alguna entidad fuera del país. A través de la reciente aprobación por parte del Ministerio que lidera la ministra en funciones, María José Montero, se han modificado los modelos de declaración de bienes y derechos en el extranjero, un cambio que afecta a las personas que tienen un seguro de vida ahorro.
Qué es un seguro de vida ahorro
Para comprender el alcance de esta modificación de Hacienda sobre los modelos de declaración 720 y 189, es importante saber primero, qué es un seguro de vida ahorro. Según lo explica el BBVA en su blog, se trata de la unión de un plan de ahorro y un seguro de vida. Es lo que se conoce también como ‘vida ahorro’. Existen de diferentes tipos que permiten la aportación periódica de dinero, o pausarlas o aquellos que solo requieren de una aportación inicial.
El principal objetivo de este producto es realizar una planificación para tener más dinero a la hora de jubilarse y no depender solo de la cuantía de la pensión para vivir. Es necesario asesorarse antes de decidir su contratación para conocer las opciones en cuanto a rentabilidad, liquidez o las penalizaciones financieras o fiscales que pueden suponer.
Cambios en el modelo 720: más información para mejorar el control
Desde este 31 de octubre de 2023, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la orden HFP/1180/2023, de 26 de octubre que modifica a la anterior HAP/72/2013, de 30 de enero que aprueba el modelo 720 de Declaración Informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero. Al estar ya recogida en el BOE, el mismo ha entrado en vigor a partir de este 1 de noviembre de 2023 y se aplicará por primera vez las declaraciones informativas de 2023 que se presenten a partir de 2024.
La misma orden modifica también a la EHA/3481/2008 del 1 de diciembre, en donde se contempla el modelo de declaración 189. El fin de estos cambios que adaptar la información que se solicita a los contribuyentes para adaptarla a la nueva normativa aprobada por la Ley 11/2021 de 9 de julio, sobre prevención y lucha contra el fraude fiscal.
El principal cambio se da en el modelo 720, que para adaptarse a la ley 11/2021 del Impuesto al Patrimonio, incorpora cómo deben valorarse los seguros de vida ahorro cuando el titular o tomador del mismo no puede recuperarlo o no tenga derecho a rescatarlo. Esto quiere decir que será el tomador del seguro y no la empresa aseguradora que esté ubicada en el extranjero quien tendrá la obligación de presentar este modelo de declaración, si es no esta la persona beneficiaria y esta conserva su derecho de rescate.
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