Muchos padres se plantean la opción de donar una vivienda o parte del patrimonio en vida a los hijos, con la idea de facilitar la herencia y, en algunos casos, evitar el pago del impuesto de sucesiones. Sin embargo, no todos los expertos consideran que esta práctica sea recomendable. El economista y profesor de la Universidad de Barcelona, Gonzalo Bernardos, es tajante al respecto, advirtiendo que “no lo recomendaría a nadie”.
No es la primera que el profesor habla sobre este impuesto y las herencias, ya dio su opinión en sus redes sociales aclarando que “los herederos de las familias obreras no pagan impuesto de sucesiones en España”.
En esta ocasión, la advertencia fue hecha en un programa de La Sexta, donde se debatía sobre herencias y donaciones, en el que Bernardos explicó que este tipo de operaciones tienen un peligro evidente, y es la posibilidad de que cambie la actitud de la persona que recibe el bien.
Pueden ser una desprotección para los padres
Según el economista, “puede ocurrir que hasta antes de la donación el trato fuera ‘espectacular, fantástico, maravilloso’, pero en el momento en que recibe la donación, oye, puede llegar a cambiar”.
Por este motivo, el economista lanza una advertencia clara a los padres que valoren esta opción, “no recomendaría a nadie donar todo su patrimonio o la principal parte de su patrimonio a uno de los hijos”.
Y es que las donaciones en vida, aunque legales y posibles, pueden convertirse en una fuente de conflictos y desprotección para quienes las realizan.
Los padres pueden revocar la donación de una vivienda que dieron a sus hijos
En este sentido, hay que tener claro, que tal y como aclaran desde el Consejo de Notarios, la ley permite revocar las donaciones siempre que se dé alguna de las causas previstas para hacerlo, y se haga antes del plazo de un año desde que el padre tenga conocimiento de que su hijo ha incurrido en alguna de las causas.
Dichas causas vienen recogidas en el artículo 648 del Código Civil y son las siguientes:
- Si el hijo comete algún delito contra la persona, el honor o los bienes de su padre.
- Si el hijo le imputa la comisión de algún delito que de lugar a un procedimiento de oficio o acusación pública al padre
- Si el hijo le niega el sustento al padre.
Quedarse con el usufructo de la vivienda es la forma más segura de donar sin riesgo a ser desalojado
Para evitar la posible desprotección de los padres si donan la vivienda a sus hijos, de la que habla Bernardos, el abogado experto en herencias, David Jiménez, explica que la forma más segura para hacerlo es donando la nuda propiedad, reservándose el usufructo vitalicio.
Este usufructo garantiza al donante (en este caso los padres) poder vivir en la casa de por vida, sin poder ser desalojados. Sus hijos serán los nudos propietarios, es decir, que tendrán la titularidad del bien, pero no el derecho de uso y disfrute, y cuando los padres fallezcan obtendrán el pleno dominio del mismo.

