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El SEPE niega el subsidio para mayores de 52 años a una empleada de hogar y la justicia obliga a reconocérselo a pesar de no tener las cotizaciones por desempleo suficientes

El tribunal explicó que excluir los años trabajados antes de 2022 en el régimen de empleadas de hogar es discriminatorio, ya que en ese periodo no podían cotizar por desempleo.

Una empleada del hogar
El SEPE niega el subsidio para mayores de 52 años a una empleada de hogar y la justicia obliga a reconocérselo a pesar de no tener las cotizaciones por desempleo suficientes |Archivo
Francisco Miralles
Fecha de actualización:
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El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha dado la razón a una empleada de hogar y obliga al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a reconocerle el subsidio para mayores de 52 años, pese a no alcanzar el periodo mínimo de cotización por desempleo. El motivo es que la trabajadora no pudo cotizar durante los años en los que estuvo incluida en el Régimen Especial de Empleadas de Hogar, ya que la ley lo impedía hasta 2022. Así, el tribunal aplica la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y considera discriminatorio excluir esos periodos, por lo que ordena computarlos para acceder a esta prestación de carácter indefinido y que cotiza para la pensión.

Al parecer, y según explica la sentencia, la trabajadora solicitó el subsidio para mayores de 52 años al SEPE, pero este se lo denegó. El motivo es que no tenía los seis años de cotizaciones por desempleo requeridas, es decir, que tenía acreditados 1.762 días, frente a los 2.160 que exige la Ley General de la Seguridad Social. En su vida laboral constaban al menos 20 años y 7 meses de cotización, la mayoría en el Régimen Especial de Empleadas de Hogar.

La clave es que la empleada de hogar no pudo cotizar por desempleo durante gran parte de su vida laboral, al estar encuadrada en el régimen especial en el que esa protección no existía hasta la reforma de 2022. Con la reforma, ya sí podían, pero claro, esto hacía que las cotizaciones anteriores no pudieran computarse, algo que para esta empleada de hogar no era justo.

A pesar de estar disconforme con la decisión, la mujer presentó reclamación previa, que también se la rechazaron, volviendo a explicar el SEPE que no cumplía con el requisito de seis años cotizados en desempleo. Ante esta negativa, la trabajadora optó por acudir a los tribunales para reclamar su derecho al subsidio.

Derecho al subsidio para mayores de 52 años

Tanto en primera instancia ante el Juzgado de lo Social nº 2 de Pamplona como posteriormente antes el Tribunal Superior de Justicia de Navarra ambos dieron la razón a la empleada de hogar para cobrar el subsidio para mayores de 52 años. En este sentido, el juzgado de los Social explicó que “no se le podían exigir los seis años cotizados por desempleo” porque, como empleada de hogar, la ley le había impedido hacerlo hasta la entrada en vigor del Real Decreto-ley 16/2022.

Además, el TSJ añadió que la normativa nacional que impedía cotizar por desempleo a las empleadas de hogar fue declarada contraria al Derecho de la Unión por el TJUE en 2022 (C-389/20, de 24 de febrero de 2022), la cual dice en su artículo 4.1 que “el principio de igualdad de trato supone la ausencia de toda discriminación por razón de sexo, ya sea directa o indirectamente, en particular en lo que se refiere al estado civil o familiar, especialmente por lo que respecta al ámbito de aplicación de los regímenes de Seguridad Social y las condiciones de acceso a los mismos, así como al cálculo de las prestaciones”.

Por este motivo, el hecho de excluir todos los años de cotización era discriminatorio para esta trabajadora, por lo que sí que debían computarse como cotizados a efectos del subsidio, aunque no existiera aportación efectiva por desempleo. Por esta razón, el Tribunal Superior de Justicia ordenó al SEPE a reconocer el subsidio para mayores de 52 años a esta empleada del hogar.

¿Qué supone cobrar el subsidio para mayores de 52 años para una empleada del hogar?

El cobro del subsidio para desempleados mayores de 52 años por parte de una empleada de hogar es relevante porque, por un lado, garantiza un ingreso mensual equivalente al 80 % del IPREM y, por otro, cotiza para la futura pensión de jubilación, al hacerlo por el 125 % de la base mínima de cotización. Esto permite mejorar la cuantía de la jubilación futura y mantener la cobertura de Seguridad Social hasta encontrar un nuevo empleo o alcanzar la edad ordinaria de jubilación.