
El Ministerio de Vivienda, en manos de Isabel Rodríguez, ha lanzado en audiencia pública el Proyecto de Real Decreto para la creación del “registro único”, que se conocerá formalmente como la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos. Así se ha dado a conocer en Consejo de Ministros, unos días después de las protestas por el problema de la vivienda, siendo uno de los objetivos principales acabar con los pisos turísticos ilegales.
Pero, tal como ha informado el ministerio, este registro no solo va a operar sobre los alquileres turísticos, sino también sobre los alquileres de temporada y los alquileres de habitaciones o de otras propiedades que permitan el alojamiento de corta duración. Así lo exige el Reglamento (UE) 2024/1028 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, que transpone dicho decreto y que, en teoría, daba de margen al Gobierno hasta mayo de 2026 para cumplirlo.
No obstante, anunciando hoy la ministra que se tramitará por la vía urgencia, y teniendo en cuenta que no tiene que pasar por el Congreso (al ser un desarrollo normativo), todo apunta a que llegará antes (se prevé que se apruebe este diciembre). Sobre su funcionamiento, estarán obligados a inscribirse en este registro los pisos turísticos, los pisos de alquiler temporal, los pisos de alquiler temporal por habitaciones, y las viviendas y embarcaciones flotantes destinadas a vivienda. El número de identificación otorgado será imprescindible para anunciarse en plataformas online.
“Los arrendadores están obligados a obtener un número de registro, aportar la información requerida para su alta o renovación, atender los requerimientos de información y comunicar a las plataformas en línea el número de registro que se haya asignado por el Registro de la Propiedad o el de Bienes Inmuebles. Y, las plataformas, por su parte, están obligadas a que en sus aplicaciones los arrendadores identifiquen mediante este número sus viviendas y que sea visible en los anuncios”, recogen desde el ministerio.
Se tendrá que renovar cada 12 meses
El procedimiento para solicitar el número de registro se realizará a través de la sede electrónica del Colegio de Registradores y este tendrá una vigencia de 12 meses. Cumplido este plazo, se deberá solicitar su renovación aportando un listado de los arrendamientos por cada categoría constituidos durante la vigencia de este número de registro y, en el caso de los de temporada, la causa que justifica la suscripción de dichos contratos.
Si se cumplen los requisitos, tanto de alta como de renovación, el registrador expedirá el número de registro y lo elevará a la Ventanilla Única Digital (el registro único). En el caso de que se retire o suspensa el número, la Ventanilla Única Digital trasladará orden a las plataformas para que eliminen posibles anuncios asociados a ese número.
Clarificar la causa de los alquileres de temporada
El Real Decreto también tiene el objetivo de reforzar la casualidad, es decir, que va a intensificar la obligación de dejar claro el motivo por el que el alquiler no es de vivienda habitual, para evitar así un fraude o abuso de ley.
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