Si eres uno de los contribuyentes que, cada año, se ven obligados a presentar la declaración de la Renta, te habrán recomendado en más de una ocasión que guardes el borrador a buen recaudo. No es un asunto baladí, porque no hacerlo puede salir muy caro. La Agencia Tributaria tiene un plazo de hasta 4 años para multar por errores que encuentren en la declaración.
Sí, podrías pensar que este año te has escapado, pero Hacienda puede multarte por la Renta presentada este año hasta el 30 de junio de 2027. Es así porque cuentan con 4 años para comprobar todas las declaraciones presentadas por los contribuyentes. Así lo explican desde TaxDown, avisando de que, en caso de que se haya paralizado el proceso, o se hayan realizado correcciones, declaraciones complementarias o similares, dicho plazo volvería a iniciarse.
Además, hay determinadas deducciones por las que Hacienda puede requerirnos un justificante, aunque no siempre lo haga. Son aquellas por escrituras de compra de inmuebles junto a sus facturas e impuestos; amortizaciones de mobiliario de pisos o locales alquilados; compensación de pérdidas y rendimientos negativos que se deben aplicar en posteriores ejercicios; deducción por adquisición de una vivienda; todas las facturas relacionadas con la actividad por parte de los autónomos; o la reinversión en rentas en personas mayores de 65 años.
En estos casos, la Agencia Tributaria puede enviarnos un requerimiento, pero, ¿qué pasa si no hemos guardado los documentos y no tenemos justificante para demostrar que teníamos derecho a aplicarnos dichas deducciones? Por ley, podrían sancionarnos con entre 150 y 6.000 euros de multa. Por ello, desde TaxDown recomiendan guardar tanto las declaraciones como los documentos que acrediten la situación en la que nos encontrábamos en cada momento. Sin embargo, no es el único error en la Renta por el que nos podrían multar.
Errores y sanciones en la declaración de la Renta
Según explican en TaxDown, Hacienda puede penalizar al contribuyente por un dato incorrecto en la declaración de la Renta. En caso de que el mismo se relacionase con el fraude fiscal, cambiando algo sin especificarlo, podrían multar con 100 euros. Y de tratarse de datos incompletos o alguna errata, podría subir hasta los 150 euros.
Volviendo a las deducciones, además del error anterior, en caso de que nos hayamos aplicado alguna de forma errónea, la multa puede ser del 15% de la cantidad recibida. Otros errores con sanciones económicas son incluir información falsa u omitir datos importantes, que se puede multar con 300 euros, o utilizar facturas u otros documentos falsos para que nos tengan que pagar más por la Renta o salga a devolver, que podrían sancionar con una multa de entre el 50% y 100% del importe.
En caso de que Hacienda detecte alguno de estos errores, ya que cruza los datos declarados con los distintos organismos públicos, emitirá un requerimiento al contribuyente para explicar o justificar una información o dato en particular. En caso de que este no haya detectado el error, pero sí el Fisco, se enviará una propuesta de liquidación y, seguidamente, una liquidación provisional, que puede ir acompañada de una multa, como las mencionadas anteriormente.
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