A pesar de que la Campaña de la Renta acabó a comienzos de verano, tanto Hacienda como la Agencia Tributaria ya calientan motores para los cambios que se vienen en la próxima declaración de la Renta 2023. Quienes no deben esperar a conocerlos son las personas mayores, ya que serán los primeros que deban enfrentarse a la primera novedad anunciada.
Primero hay que partir de una sentencia emitida por el Tribunal Supremo a cuenta de un recurso impuesto por la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), quienes se mostraron contrarios a la Orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública de presentar el modelo 100, es decir, el borrador de la Renta exclusivamente de forma online.
Esto trae consigo buenas noticias para todos los pensionistas y jubilados mayores porque ya no será obligatorio presentarla a través del sistema Renta Web de la Agencia Tributaria. Un gran beneficio para todos aquellos que sufren la brecha digital y únicamente tenían la opción telefónica y presencial para que algún funcionario les ayudara a presentar el borrador.
Hacienda no puede impedir presentar la declaración de la Renta por medios no electrónicos
La base por la que los magistrados del Tribunal Supremo se reafirman parte de la propia Ley General Presupuestaria en la que se reconoce el derecho, pero no la obligación, a que los ciudadanos utilicen medios electrónicos.
“No puede imponer la utilización obligatoria de los medios informáticos a los ciudadanos y debe dar las garantías necesarias a través de técnicas electrónicas para cumplir con los trámites tributarios, pero no la obligación de hacerlo solo mediante estos”, reza en la solicitud.
Es más, la Justicia apela al trato discriminatorio que sufren las personas mayores al considerar injusto que la única vía que quiera imponerse para hacer frente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) sea de forma telemática.
Cuándo entra en vigor la medida y a qué declaraciones afecta
El fallo del Supremo no especifica que la posibilidad de presentar la declaración de la Renta entre en vigor a partir del año que viene. Como explican desde OkDiario, “expertos fiscalizas confirman que si el ciudadano decide presentar una declaración ahora para comunicar una serie de datos nuevos o que le beneficien, pueden hacerlo también en papel”.
Lo anterior afecta directamente a esas declaraciones rectificativas de la campaña 2023. Así, los contribuyentes afectados puede presentarlas en papel en cualquier Delegación de la Administración Pública Tributaria o por correo certificado, confirman desde el medio.
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