La Junta de Andalucía confirma la prórroga de una de sus medidas más populares. En mitad de una inflación galopante, con muchas familias obligadas a pedir créditos el pasado mes de septiembre para costear la vuelta al cole más cara de los últimos años, el ejecutivo andaluz volverá a permitir que las familias se deduzcan del IVA las clases extraescolares tanto de idiomas como de informática.
Una deducción fiscal que ya contemplaron los presupuestos de la comunidad autónoma el pasado año en el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por enseñanza “extraescolar” y que volverá a estar presente en los de 2023. Unas cuentas autonómicas, por otro lado, que superarán en 5.000 millones al anterior y alcanzará los 45.000 millones.
2021 fue el año que esta medida en beneficio del aprendizaje colectivo y de la economía de los hogares entró en escena, después de la modificación legal llevada a cabo ya por el gobierno de Juanma Moreno, el actual presidente, de nuevo reelecto.
Desde ese momento se incorpora el derecho a una deducción del 15% en la cuota íntegra del IRPF “de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por los gastos de enseñanza escolar o extraescolar de idiomas, de informática o de ambas, con un máximo de 150 euros anuales por cada descendiente” que tenga derecho al mínimo regulado en la normativa estatal del IRPF.
Requisitos y cómo acceder a la deducción del IRPF de las actividades extraescolares
Para acceder a esta bonificación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) tan solo habrá que pagar previamente el importe, de máximo 150 euros por año por alumno, y que esa familia no supere un nivel determinado de rentas para que posteriormente les sea reembolsado.
El derecho a aplicar esta deducción se reconoce al contribuyente “que satisfaga de forma efectiva los gastos”, concreta el texto de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma. Eso sí, siempre que la “suma de las bases imponibles general y del ahorro no sea superior a 80.000 euros en caso de tributación individual o a 100.000 euros en caso de tributación conjunta”, añade.
Centros públicos y privados
Asimismo, también puntualiza que entrarán en la medida todos los tipos de centro, ya sean públicos, privados, oficiales o no. Se reconocerán los gastos de “enseñanza extraescolar” de idiomas o informática por “las cantidades satisfechas en contraprestación por los servicios de enseñanza de dichas materias prestados por otro tipo de centros no comprendidos en el apartado 2, ya sean privados o públicos, oficiales o no, tales como las academias y las escuelas oficiales de idiomas”, concreta.
También enmarcar a los profesores particulares, como confirma el texto: “las cantidades abonadas a personas físicas, dadas de alta en el correspondiente epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), en contraprestación por clases particulares que se impartan sobre dichas materias en domicilios particulares o en lugares no destinados u organizados específicamente a tal fin”.
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