La Campaña de la Renta está a la vuelta de la esquina y habrá que tenerlo todo en orden. Un error en la declaración de la Renta puede salir caro en sentido literal, ya que la omisión de información o la inclusión de datos falsos puede conllevar a sanciones de hasta 3.000 euros. En este caso hablamos de declaraciones fraudulentas, confeccionadas para pagar menos, pero no hay que irse muy lejos para llevarse una multa de Hacienda.
De hecho, el error más común es, en la mayoría de ocasiones, involuntario. Aunque igualmente está penalizado con 100 euros. Una cuantía que puede hacernos más cuesta arriba llegar a fin de mes ante las imparables subidas que se está sufriendo en la luz, el gas, la gasolina o incluso algunos alimentos básicos. Si no quieres tener problemas con el Fisco, tendrás que tenerlo en cuenta, abriéndose el plazo para presentar las primeras declaraciones ya el próximo 6 de abril.
¿Cuál es este error que puede costar 100 euros? No tener actualizado el domicilio fiscal. Nos referimos, en concreto, a que el domicilio fiscal del contribuyente que aparezca en la declaración no sea el que corresponda, es decir, con donde está residiendo el declarante. Se trata de un cambio, el de la residencia fiscal, que es bastante común y que podemos olvidar sin reparar en ello. Pero Hacienda sí lo revisa a pies juntillas.
Cómo modificar el domicilio fiscal
A la hora de hacer la declaración de la Renta, aparece por defecto el domicilio fiscal de la última presentación. Pero esto no quiere decir que sea el correcto. ¿Qué entiende Hacienda por domicilio fiscal? El lugar donde se tiene la residencia habitual, así de sencillo. Por ese motivo, si se ha cambiado de vivienda hay que comunicarlo a la Agencia Tributaria.
¿Cómo se realiza esta comunicación? Se tiene que modificar el domicilio a través del Modelo 036 disponible en la Sede Electrónica de Hacienda, donde se tiene que incluir la referencia catastral del inmueble donde se reside habitualmente. En caso de que se desconozca esta referencia, se tendrá que usar el buscador del catastro que ofrece el servicio para encontrarla: basta con poner la calle y el número de la vivienda.
En cuanto al plazo del que se dispone para establecer la comunicación, con carácter general, la declaración censal de modificación se tiene que presentar en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente en el que se ha cambiado de residencia. Una vez que se comunica el cambio, la página web de Hacienda genera automáticamente un PDF para la descarga, sirviendo como justificante de que se ha actualizado el domicilio fiscal como requiere la Agencia Tributaria. Este pequeño trámite solo lleva un par de minutos y evita una sanción de 100 euros.
También hay que destacar que no es el único error en la declaración de la Renta que está castigado con multas. De hecho, es la sanción más barata que podemos recibir por cometer una equivocación a la hora de rendirle cuentas a Hacienda. Otros errores en la declaración como su presentación fuera de plazo o aplicarse deducciones que no corresponden pueden ser sancionadas con hasta 300 euros. En este enlace se pueden consultar todas para evitar estas multas.
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