Dentro de las deducciones autonómicas en Cantabria existe una para el alquiler y que responden a situaciones distintas. Una está pensada para jóvenes, mayores y personas con discapacidad. La otra mira solo al lugar donde está la vivienda y beneficia a quienes viven de alquiler en municipios afectados por riesgo de despoblamiento. En este segundo caso, la deducción puede alcanzar los 600 euros en declaración individual y los 1.200 euros en conjunta. La información oficial aparece en el manual práctico del IRPF 2025 de la AEAT para Cantabria.
La campaña de la Renta 2025-2026 comenzó el 8 de abril de 2026 y termina el 30 de junio de 2026. Para aplicar cualquiera de estas deducciones, el contribuyente debe haber tenido su residencia habitual en Cantabria durante 2025. A partir de ahí, cada una sigue sus propias reglas.
Deducción por arrendamiento de vivienda habitual para jóvenes, mayores y personas con discapacidad
Esta deducción está reservada a quienes tengan menos de 36 años, 65 años o más o acrediten una discapacidad igual o superior al 65%. Además, no basta con vivir de alquiler. La norma exige que las cantidades pagadas por el arrendamiento durante 2025 superen el 10% de la renta del contribuyente, de forma que la ayuda se concentra en quienes soportan un esfuerzo económico relevante. La ficha oficial puede consultarse en la deducción por arrendamiento de vivienda habitual para jóvenes, mayores y personas con discapacidad.
La cuantía es del 10% de las cantidades satisfechas por el alquiler de la vivienda habitual, con un límite de 300 euros en tributación individual y de 600 euros en conjunta. La deducción la aplican el titular o titulares del contrato de arrendamiento.
Deducción por arrendamiento de viviendas situadas en municipios afectados por despoblamiento
La segunda vía cambia por completo el enfoque. Aquí no importa la edad del arrendatario ni si tiene discapacidad. Lo decisivo es que la vivienda esté situada en uno de los municipios cántabros afectados por riesgo de despoblamiento y que constituya, o vaya a constituir, la vivienda habitual del inquilino. También se exige que el contribuyente sea titular del contrato. El detalle puede verse en la ficha oficial de la deducción por alquiler en municipios afectados por despoblamiento y en la relación de municipios incluidos.
En este caso, la deducción asciende al 20% de las cantidades pagadas por el alquiler, con un máximo de 600 euros en declaración individual y de 1.200 euros en conjunta. Es una ventaja fiscal más elevada que la anterior y, además, no obliga a cumplir un requisito de edad ni a que el alquiler supere un porcentaje concreto de la renta.

