Cataluña mantiene una deducción autonómica por alquiler de vivienda habitual dirigida a varios perfiles concretos. No se aplica a cualquier inquilino, sino a contribuyentes que se encuentren en alguna de las situaciones previstas por la norma. El porcentaje es el mismo en todos los casos, un 10% de las cantidades pagadas por el alquiler, pero el límite cambia según quién la aplique.
Esta deducción puede consultarse en la ficha de la deducción por alquiler de vivienda habitual. En Cataluña, esta deducción reúne bajo una misma regla a varios colectivos, desde personas jóvenes hasta contribuyentes en desempleo, personas con discapacidad o viudos de cierta edad. La diferencia no está en el porcentaje, sino en el límite que puede aplicarse en cada caso.
Deducción por alquiler de la vivienda habitual
La deducción permite aplicar el 10% de lo pagado por el alquiler de la vivienda habitual, siempre que el contribuyente esté en alguna de las situaciones que contempla la norma y cumpla además los requisitos económicos exigidos por la Agencia Tributaria.
Pueden acceder a ella quienes se encuentren en alguno de estos supuestos:
- Tener 32 años o menos a 31 de diciembre de 2025.
- Haber estado en desempleo 183 días o más durante el ejercicio.
- Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- Ser viudo o viuda y tener 65 años o más.
- Pertenecer a una familia numerosa o monoparental.
Además, hay dos condiciones comunes que conviene revisar bien:
- Que la suma de la base imponible general y del ahorro, una vez restado el mínimo personal y familiar, no supere los 20.000 euros anuales.
- Que las cantidades pagadas por el alquiler excedan del 10% de los rendimientos netos del contribuyente.
En cuanto a la cuantía, la deducción funciona así:
- Con carácter general, el límite máximo es de 300 euros anuales.
- En tributación conjunta, el límite sube a 600 euros.
- También puede llegar a 600 euros en declaración individual cuando el contribuyente pertenezca a una familia numerosa o monoparental.
Lo más llamativo en Cataluña es precisamente eso: distintos perfiles comparten el mismo porcentaje de deducción, pero no siempre el mismo techo. La ayuda existe, aunque queda bastante acotada por renta y por las circunstancias personales del arrendatario.