Vivir en una comunidad de vecinos tiene ciertas ventajas, pero también puede llevar consigo ciertas tensiones entre los vecinos, como por ejemplo que alguno no cumpla con las normas o no pague las cuotas de la comunidad. Y es que estás deudas, no existen para siempre, hay un plazo en las que prescriben a partir del cual el vecino moroso no tendrá que pagar ese dinero.
La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece en su artículo 9 que todos los integrantes de una comunidad de propietarios tendrán que “contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización”.
Hay que tener en cuenta que el responsable ante la comunidad es el propietario de la vivienda, pese a que la vivienda esté alquilada, en este caso puede pactarse que sea el inquilino quien pague la comunidad, pero si este deja de pagar, la comunidad se dirigirá contra el dueño de la propiedad para reclamar los impagos de las cuotas.
Cuándo prescriben las cuotas de la comunidad de vecinos
Será el administrador de la Comunidad de Vecinos el que tenga que estar al tanto de las cuotas pendientes de cada uno de los propietarios, y con la autorización de la Junta Vecinos reclamar los pagos pendientes en caso de que los hubiera.
Para esto la deuda no podrá tener un plazo superior a 5 años, y es que este es el tiempo que tienen las mismas para prescribir según lo establecido en el Código Civil, concretamente en el artículo 1966.
Una vez que pase este plazo de 5 años, la deuda habrá prescrito y no podrá ser reclamada por la comunidad, que ya no podrá hacer nada para recuperar el dinero que debe el vecino moroso, que no tendrá ninguna obligación de pagarla.
Según aclaran desde Zarzo Fincas, expertos en administración de fincas, esto se aplica solo a las deudas contraídas después de 2015, fecha en la que se modificó el plazo de prescripción de las deudas, anterior a esto era de 15 años, por tanto, las deudas que se contrajeran antes de esa fecha, estarán vigentes durante 15 años en lugar de 5 años.
La única forma de hacer que una deuda no prescriba es mediante la notificación al vecino moroso de que debe ese dinero, aunque habrá que hacerlo de forma fehaciente por burofax o algún otro medio, en el que se informe que se deben las cuotas de la comunidad de vecinos y el importe adeudado.
Qué puede hacer la comunidad de propietarios ante un vecino moroso
En el caso de que alguno de los vecinos no pague, la comunidad puede tomar una serie de medidas antes de que pasen los 5 años en los que la deuda prescriba para poder recuperar el dinero, entre las que se encuentran desde tratar de solucionar el problema de forma amistosa, hasta tener que recurrir a la vía legal mediante un proceso monitorio.
En el caso de que el vecino no pague las deudas y estas hayan sido reclamadas antes de que prescriban, podría incluso llegarse al punto de que se embargasen los bienes del vecino moroso para hacer frente al pago de la misma.
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