Las personas que han solicitado una prestación por desempleo, como el paro o los subsidios por desempleo, pueden preguntarse cómo pueden saber si el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) les ha aprobado o no la ayuda solicitada. El organismo público ha respondido a esta cuestión a través de sus redes sociales, informando a todos los solicitantes sobre cómo pueden resolver esta duda.
En primer lugar, el SEPE explica que se pueden consultar los datos referentes a la solicitud a través de su Sede Electrónica. En este mismo apartado, los beneficiarios que ya están cobrando estas ayudas también pueden comprobar que sus datos figuran correctamente, lo que puede evitar problemas en el cobro de las prestaciones por desempleo. Para acceder a este servicio, es necesario contar con certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve.
No obstante, el Servicio Público de Empleo Estatal ofrece otras alternativas a aquellas personas que no cuentan con estos métodos de identificación. De ese modo, no se quedarán sin saber si se les ha sido concedidas o no las ayudas. En concreto, existen otras dos formas más de conocer el estado de una prestación.
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Cómo saber si el SEPE ha aprobado la prestación por desempleo
Tal como explica el SEPE en su página web, además de por internet, se puede consultar el estado de una prestación utilizando el servicio de atención telefónica a la ciudadanía. Se trata del número de teléfono 060, al que se puede llamar desde las 08.30 o 09.00 horas, dependiendo de la localidad, hasta las 14.00 horas. Otra forma es acudiendo presencialmente a la oficina de empleo donde se presentó la solicitud, para lo que se necesita pedir cita previa.
En lo que respecta a la aprobación del paro o los subsidios por desempleo, hay que tener en cuenta que el Servicio Público de Empleo Estatal está obligado “a dictar resolución expresa en todos los procedimientos”, así como a notificarla. Esto es, tiene que dar una respuesta sobre si se concede o no la ayuda.
Por ese motivo, una vez que se resuelve la solicitud, el solicitante tiene que recibir en su domicilio o en la dirección que haya facilitado para las notificaciones, la resolución del SEPE donde se comunica si ha sido aprobada o denegada. En caso de que se deniegue, también deben de aparecer los motivos.
Un dato importante es que, si transcurren tres meses desde que se presentó la solicitud y no se ha recibido respuesta, se entiende que la prestación ha sido denegada por silencio administrativo. De ser así, los afectados pueden presentar una reclamación previa a la vía judicial.
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