Cómo reclamar al inquilino los daños de un piso alquilado: el tiempo límite

La Ley no establece un plazo máximo para reclamar los daños y devolver la fianza al inquilino, pero si pasa más de un mes desde la entrega de llaves habrá que pagarle intereses.

materiales del obra por la reforma de un piso en alquiler
Cómo reclamar al inquilino los daños de un piso alquilado y cuánto tiempo tienes para hacerlo Canva
Lucía Rodríguez Ayala

Cuando finaliza el contrato de alquiler, llega uno de los momentos más temidos por las partes, la revisión de la vivienda y la devolución, o no, de la fianza. En función de los daños y desperfectos ocasionados, el casero puede quedarse con parte o con la totalidad de la misma, incluso podría llegar a reclamar más dinero al inquilino. Pero ¿en qué casos y cómo tienen que reclamarse los daños?

Los contratos de alquiler se regulan en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), y esta establece que la entrega de fianza cuando se celebra un contrato de alquiler es obligatoria. Aunque esta cantidad se actualiza durante los 5 primeros años del contrato, a partir de ese momento deberá hacerse en cada prórroga hasta que alcance una cantidad igual a una o dos mensualidades de la renta vigente. 

Una vez finaliza el contrato y se procede a la entrega de llaves, no hay un plazo máximo para su devolución, pero lo ideal es hacerlo cuanto antes, ya que la normativa en el artículo 34.6 establece que si transcurre más de un mes entre la entrega de llaves y la devolución de la fianza, esta deberá entregarse al inquilino con los correspondientes intereses

“El saldo de la fianza en metálico que deba ser restituido al arrendatario al final del arriendo, devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución”

Cómo tienen que reclamarse estos daños 

Lo primero que hay que tener en cuenta es qué daños y desperfectos se pueden reclamar al inquilino tras finalizar el contrato. Y es que no es lo mismo el desgaste por uso habitual de la vivienda a los daños causados por mal uso o negligencia por parte del inquilino que podrían reclamarse. 

Para poder reclamar, el propietario de la vivienda deberá demostrar que esos daños están causados por el inquilino y que no estaban ya en la vivienda antes de que este la ocupara. Lo recomendable es incluir en el contrato de arrendamiento un anexo con un inventario de todos los elementos de la vivienda y el estado en el que se encuentran, a ser posible además incluyendo fotos de los mismos. De este modo, cuando el inquilino finalice su estancia, será más fácil comprobar los daños.

Cabe destacar la importancia de hacer una revisión minuciosa en el momento en que se entregan las llaves para poder aproximar el importe de los daños, sobre todo en los casos en los que estos lleguen a superar la cantidad depositada como fianza. 

Desde el portal inmobiliario Idealista, recomiendan además que se sigan unos determinados pasos a la hora de ir a realizar la revisión de la vivienda: 

  • Ir acompañado de un profesional inmobiliario o testigo que pueda confirmar los daños.
  • Documentar con fotos el estado de la vivienda. 
  • Para situaciones más graves llevar a un profesional que pueda evaluar los daños. 

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