Logo de Huffpost

Castilla y León permite que los padres y abuelos puedan donar dinero a sus hijos para su primera vivienda con una bonificación del 99% en el Impuesto de Donaciones

La normativa autonómica aplica una reducción del 99% en la base cuando el dinero es para la primera vivienda habitual y la donación es entre familiares directos.

Presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco
Presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco |EFE
Antonio Montoya
Fecha de actualización:
whatsapp icon
linkedin icon
telegram icon

Todos los años miles de personas tienen que presentar la declaración de la Renta con el fin de cumplir sus obligaciones tributarias con Hacienda, pero esto no significa que solo tengamos que pagar por lo que hacemos, ya que existen ciertas ventajas fiscales autonómicas que pueden suponer un importante ahorro y que podrían hacer incluso que nuestra declaración salga a devolver. En Castilla y León, la normativa propia del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones contempla una bonificación casi total (del 99%) en las donaciones de dinero destinadas a la compra de la primera vivienda, siempre y cuando se lleven a cabo entre familiares directos.

Tal y como recoge la información oficial de Tributos de la Junta, es posible deducirse el 99% del impuesto de Donaciones y Sucesiones entre padres e hijos, abuelos y nietos y cónyuges. Esto significa que, en la práctica, el coste fiscal de la donación se reduce de forma drástica, aunque no llega a ser del 100%.

La regulación se encuentra en el Título I, Capítulo III del texto refundido aprobado por el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, que regula los tributos propios y cedidos de la Comunidad.

Donaciones para comprar la primera vivienda habitual

En el caso concreto de las donaciones de dinero destinadas a la adquisición de la primera vivienda habitual, Castilla y León establece una reducción del 99% del importe donado, siempre que se cumplan determinados requisitos.

Para poder aplicar esta reducción es necesario:

  • Que el donatario tenga menos de 36 años o un grado de discapacidad igual o superior al 65% en la fecha de la donación.
  • Que el importe íntegro de la donación se destine a la compra de la primera vivienda habitual.
  • Que la vivienda esté situada en Castilla y León.
  • Que la adquisición se formalice dentro del plazo de autoliquidación del impuesto y que en la escritura conste expresamente la donación y su destino.

El importe máximo de la donación que puede beneficiarse de esta reducción es de:

  • 180.000 euros con carácter general.
  • 250.000 euros cuando el beneficiario tenga una discapacidad igual o superior al 65%.

Estos límites se aplican tanto si se trata de una única donación como de varias, siempre que procedan de los familiares previstos en la norma.

Además, con carácter general, en las donaciones entre familiares directos (cónyuge, descendientes o ascendientes) se aplica una bonificación del 99% en la cuota del impuesto, siempre que la donación se formalice en documento público.

Tipo de donación

Finalidad del dinero

Base máxima bonificada

Reducción / Bonificación

Donación en metálicoAdquisición de primera vivienda habitual (menor de 36 años)180.000 € (250.000 € si discapacidad ≥65%)Reducción del 99%
Donación en metálicoEntre familiares directos (sin destino específico)Sin límite específico en la norma generalBonificación del 99% en la cuota
Donación de empresa individual o negocio profesionalConstitución o ampliación en Castilla y LeónSegún valor donadoReducción del 99%

Ojo con la letra pequeña

Como ocurre en otras comunidades, la ventaja fiscal no se aplica automáticamente. La donación debe formalizarse en documento público, y en el caso de dinero, debe justificarse el origen de los fondos cuando así lo exige la norma.

Además, el impuesto debe autoliquidarse en plazo, aunque el resultado final, tras aplicar la reducción y la bonificación, sea prácticamente simbólico.

Ejemplo práctico

Imaginemos que una madre dona 150.000 euros a su hijo de 30 años para comprar su primera vivienda en Valladolid.

Si cumple todos los requisitos (edad, destino del dinero y formalización en escritura pública), podrá aplicar la reducción del 99% sobre los 150.000 euros. Posteriormente, al calcular la cuota del impuesto, se aplicará también la bonificación del 99% entre familiares directos.

El resultado: el importe a pagar a la Hacienda autonómica será mínimo en comparación con la tributación ordinaria.

Si la donación ascendiera a 200.000 euros, solo los primeros 180.000 euros se beneficiarían de la reducción específica para vivienda (salvo que exista discapacidad). El exceso tributaría conforme a la normativa general, aunque seguiría siendo aplicable la bonificación del 99% en la cuota si se trata de familiares directos.

En definitiva, Castilla y León mantiene uno de los regímenes más favorables para las transmisiones entre padres e hijos, abuelos y nietos o cónyuges, permitiendo que el coste fiscal de donar dinero para comprar vivienda sea, en la práctica, casi inexistente, aunque técnicamente no llegue al 100%.