La Comisión Europea ha congelado este lunes a España más 1.000 millones de euros del quinto tramo del plan de recuperación y resiliencia, que lleva asociados 23.900 millones, por haber incumplido tres puntos del mundo.
En concreto, Bruselas ha descontado de este desembolso unos 460 millones por no haber aprobado el impuesto sobre el diésel, otros 40 por incumplir las inversiones en la digitalización de entidades locales y regionales, y unos 627 millones por considerar insuficientes las medidas adoptadas para reducir la temporalidad en el sector público, a la luz de dos sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, si bien las había validado en el marco del primer pago aprobado en diciembre de 2021.
De ese modo, el desembolso de este quinto pago será de 22.926 millones de euros, 6.991 millones en ayudas directas y 15.935 como préstamos, el “mayor desembolso aprobado por la Comisión Europea a cualquier país”, según ha destacado el Ministerio de Hacienda en un comunicado.
Asimismo, la Comisión Europea va a incluir en este pago los 139 millones que suspendió en el cuarto desembolso (el pago anterior) por el compromiso relacionado con la digitalización de pymes, que consideraba incompleto y que ahora “se ha conseguido”. Este desembolso tiene que pasar ahora el examen del resto de Estados miembros, que tienen un plazo de un mes para evaluar todos los hitos y dar ‘luz verde’ definitiva a la transferencia de casi 23.000 millones.
España tiene un plazo adicional para completar los hitos pendientes
Asimismo, España también cuenta con un plazo adicional para completar los hitos pendientes, aunque seguirá recibiendo el citado pago parcial por los hitos que sí ha conseguido. Volviendo a los pendientes, la reforma fiscal debía incluir la subida del impuesto sobre el diésel, pero la medida carecía de apoyos suficientes para ser convalidada el Congreso de los Diputados.
Sin embargo, el hito más complicado para el Gobierno español es la reducción de la temporalidad en el sector público, una medida que tiene pendiente desde el primer desembolso, esto es, desde diciembre de 2021. El TJUE, en varias sentencias, ha fallado que España no ha actuado correctamente para disuadir a las Administraciones Públicas del abuso de la contratación temporal. Una postura que va en contra del Acuerdo Marco europeo sobre el trabajo de duración determinada y que se centra, especialmente, en el abuso que se ha cometido con los empleados públicos interinos.
Tanto en febrero como en junio de 2024, el tribunal europeo señaló que la legislación española carece de “medidas adecuadas” para prevenir y sancionar adecuadamente la utilización sucesiva de contratos temporales y del contrato indefinido no fijo, prorrogados continuamente. Un problema para el que apuntó que la solución podría ser “la conversión de esos contratos temporales en contratos fijos”.
Tras estos fallos, la Comisión Europea concluyó que España no había adoptado “medidas efectivas” para penalizar el abuso a los interinos, por lo que descontó este hito del desembolso total. Es algo que pueden hacer porque la regulación del fondo de recuperación permite descontar el montante de futuros pagos si considera que alguno de los compromisos que había aprobado anteriormente ha sido revertido.

