A partir del 1 de enero de 2025 será posible rescatar un plan de pensiones sin tener que esperar a la jubilación, ser un parado de larga duración o sufrir una invalidez. Con la modificación del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones realizada en 2018, el único requisito para recuperar, tanto las aportaciones como los rendimientos que hayan generado, será que hayan pasado más de 10 años desde que se hicieron las aportaciones. Como ya alertó Gonzalo Bernardos, esto va a suponer una salida de mucho dinero.
Ahora los clientes podrán rescatar el plan con total libertad y sin tener que justificarse ante la entidad bancaria. Lo único que tienen que hacer es acudir a su banco, aseguradora o a la gestora del plan y solicitar el reembolso del capital. Eso sí, los importes que no lleven el periodo mínimo de 10 años deberán quedarse en el plan.
Además, cabe recordar que, aunque se solicite el reembolso del capital aportado con una antigüedad de más de 10 años, los clientes podrán seguir haciendo aportaciones a su plan de pensiones para las contingencias de jubilación, incapacidad, fallecimiento, o alguna otra razón.
Cumpliendo con este requisito, durante 2025 solo se podrá solicitar el reembolso de las aportaciones que se hubiesen hecho antes de 2015, más la revalorización que haya podido tener dicho plan. Para calcular esa revalorización, habrá que coger el número de participaciones que hubiera en el fondo en ese mismo momento y calcular su precio de compra y de valor actual.
Cómo rescatar el plan de pensiones a los 10 años
Una vez reclamado el capital del plan de pensiones, hay tres formas de ejecutar el rescate. Está la forma de renta, que implica cobrar una cantidad con la periodicidad que se elija, en forma mixta, que supone cobrar una parte del capital y recibir el resto en forma de renta, o sacarlo todo de golpe.
Hay que tener en cuenta que el capital rescatado del plan de pensiones también tributa, por lo que se recomienda sopesar si realmente supone una ventaja sacar el dinero de manera anticipada y, a parte de tributar sobre un IRPF probablemente más elevado, no tener las ganancias que supondría mantener ese dinero invertido.
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