El Estado de Alarma, el colapso del SEPE por los ERTE o la prestación por desempleo, hace que muchos parados pregunten cuándo y cómo cobrarán el paro en el mes de agosto. La respuesta es que, como todos los meses, entre el 10 y el 15 de agosto. La vuelta a la normalidad en los plazos también hace que los cobros se regularicen.
El SEPE paga la prestación por desempleo entre los días 10 y 15 de cada mes. Las nóminas de los trabajadores en paro las tramita a finales de mes.
Los requisitos para cobrar el paro son que el trabajador haya cotizado a la Seguridad Social al menos 12 meses durante los últimos 6 años.
Estos eran los requisitos para cobrar el paro que estaban en vigor antes de la pandemia sanitaria del coronavirus, y que ahora vuelven a ser los mismos.
Hay que recordar que en el Estado de Alarma modificaron plazos y condiciones, pero con el final de éste y la vuelta a la nueva normalidad, la prestación por desempleo vuelve a su situación anterior.
Cobrar el paro y el ERTE al mismo tiempo
Una de las preguntas más repetidas durante el pasado Estado de Alarma y ahora en la nueva normalidad es si es posible cobrar al mismo tiempo la prestación por desempleo y la prestación por trabajador en ERTE.
En el caso de estos ERTE, si el desempleo es temporal, cobrarás el 70% de la parte proporcional a las horas que estés desempleado. Este consumo se calcula por horas, no por días.
Recuerda que las horas extra no cuentan para la prestación por desempleo y tampoco en el subsidio por desempleo.
El empleado que está cobrando el ERTE sólo puede tener esta ayuda económica. Si estás en ERTE tienes derecho a cobrar esta prestación temporal sin el requisito de contar con una antigüedad de 12 meses de alta en la Seguridad Social.
¿Qué pasa si el ERTE es por Covid19?
Si la empresa del trabajador está afectada por un ERTE a raíz de la pandemia sanitaria del Covid19, el empleado afectado por este Expediente de Regulación Temporal de Empleo cobrará la prestación por desempleo desde el día siguiente en el que tenga lugar el ERTE.
Este ERTE por Covid19 tiene que estar justificado en el SEPE alegando motivos económicos, técnicos, organizativos o productivos. Si la medida de adopta por fuerza mayor, cobrará el paro desde el día siguiente al que haya tenido lugar esa causa de fuerza mayor que obligó al ERTE.
¿Cuánto dinero cobro con la prestación por desempleo?
Depende del tiempo que hayas estado dado de alta en la Seguridad Social o de la base reguladora que conste en el contrato.
Así, durante los seis primeros meses en que cobres la prestación por desempleo, ésta será de un 70% de la base reguladora. A partir del séptimo mes de paro, las prestaciones por desempleo quedan en el 50% de la base reguladora.
El SEPE abona el paro mediante una transferencia en una cuenta bancaria de la que tienes que ser el titular, y demostrarlo.
En caso de que hagas la tramitación de alta en el paro, en la Oficina de Empleo que te corresponda a mitad de mes, el dinero que cobrarás será proporcional a esa parte de tiempo. El paro de cobra mensualmente, cada 30 días. Pero, en caso de que este periodo sea menor desde la solicitud al primer cobro, el SEPE hace un cálculo del paro proporcional.
No es esta la única duda respecto al pago de prestaciones por desempleo y SEPE que existe tras la finalización del Estado de Alarma. Las empleadas de hogar, por ejemplo, piden que el Estado les pague el subsidio por desempleo que les prometió.
Para las consultas, el SEPE habilitó un medio de contacto a través del teléfono móvil. Con esta medida, se agilizaron las comunicaciones entre los desempleados y el Organismo de Empleo Estatal.
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