Ya sabes cómo solicitar la prestación por desempleo. Ahora ya acudes a sellar el paro al SEPE, pero pudiste conseguir empleo. Ahora, te preguntas ¿con qué tipo de contrato de trabajo es compatible mi prestación por desempleo?
Tienes más información en la Sede Electrónica del SEPE, pero nosotros vamos a ayudarte a conocer los tipos de contrato o de situaciones laborales en un puesto de trabajo con las que podrás compatibilizar el cobro de tu prestación por desempleo.
Primero, debes consultar el estado de tu prestación por desempleo, para saber en qué punto te encuentras y analizar qué opción es la más adecuada para saber qué contrato de trabajo es compatible con sellar el paro.
Cuando hablamos de la prestación por desempleo no lo hacemos de cobrar el paro propiamente dicho, sino que entramos también a solucionar las dudas de quienes van a cobrar el subdisio por desempleo.
Tipos de contrato con los que puedes cobrar la prestación por desempleo
Conseguiste encontrar trabajo después de una gran búsqueda activa de empleo. Pero, por determinadas circunstancias, como el tipo de contrato, consideras que el salario que cobras podrías completarlo con la prestación por desempleo.
Existen ciertos tipos de contratos laborales para determinados puestos de trabajo que permiten compatibilizar el cobro de la prestación o el subsidio por desempleo. Aunque esto siempre tendrá que verificarlo un funcionario del SEPE.
- El trabajo a tiempo parcial. El funcionario te va a indicar que la operación a realizar es la de restar del importe de la prestación por desempleo la parte proporcional del sueldo que vas a cobrar en tu nuevo puesto de trabajo.
- Pensiones de jubilación y otras pensiones o ayudas de la Seguridad Social que sean compatibles con el trabajo que dio origen a este cobro de la prestación por desempleo.
- Pensiones reconocidas y abonadas por un Estado extranjero pero reconocidas en España.
- Trabajos de colaboración social.
- Un contrato de trabajo firmado en el marco de un programa de sustitución de una persona en formación.
- Indemnización legal por despido.
- Becas y ayudas públicas de asistentes a programas de Formación Profesional para el Empleo.
Prestaciones de la Seguridad Social compatibles con cobrar el paro
En la Sede Electrónica del SEPE aparecen todas estas compatibilidades que te estamos presentando a continuación para que sepas que, cuando consigues encontrar trabajo, podrás compatibilizar el cobro de prestación por desempleo con tu nuevo contrato.
Pero, además, hay otras excepciones y otros condicionantes que te permiten cobrar de manera simultánea la prestación por desempleo y el salario que ganes en tu nuevo puesto de trabajo.
Otras de estas situaciones son:
- Las prácticas en entidades públicas o privadas que formen parte del plan de estudios que corresponda.
- Ejercicio de cargos públicos (en este caso deberá ser un empleo público) o sindicales que requieran una dedicación parcial.
- Cobrar la prestación de la Seguridad Social por hijo a cargo.
- Si eres autónomo podrás compatibilizar por un plazo de 270 días o, en caso de que tengas pendiente menos tiempo de cobro de paro, por ese periodo.
- Si tienes más de 52 años y el SEPE te paga un subsidio por desempleo, lo podrás compatibilizar durante un plazo de 6 meses.
Justificar las rentas para compatibilizar el cobro del subsidio por desempleo
Es importante que sepas que el funcionario del SEPE podrá requerir que presentes un certificado de tus rentas. De modo que, excepto en el caso de que tengas más de 52 años, puedes compatibilizar este subsidio si no tienes rentas de más del 75% del Salario Mínimo.
En este caso, el demandante que solicita compatibilizar el contrato de trabajo con cobra la prestación por desempleo o el subsidio por desempleo, deberá demostrar que sigue teniendo cargas familiares en caso de que las alegase a la hora de presentar la solicitud del paro en el SEPE.
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