La pensión de viudedad es aquella prestación que una persona puede solicitar cuando su pareja de hecho o matrimonio fallece y éste era beneficiario de una pensión por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Se trata de una prestación que puede llegar a ser de por vida, siempre y cuando se cumplan una serie de condiciones por parte del beneficiario.
En relación a la cuantía, no se establece una cantidad fija, sino que dependerá, de manera directa, del sueldo de la persona fallecida. Esto es, el beneficiario de esta cuantía económica recibirá el 52% de lo que estaba cobrando su pareja fallecida, aunque la cantidad de dinero a cobrar puede subir al 70% siempre y cuando se den una serie de casos muy específicos. Estos se pueden conocer en el apartado de cuantías dentro de la completa guía existente sobre la pensión de viudedad.
También cabe destacar que para poder solicitar esta prestación económica se deben respetar y cumplir una serie de requisitos, tanto por el fallecido como por la pareja beneficiaria de la pensión. Pero no solo eso, sino que, si se cumplen, se deben entregar una serie de documentos a la Seguridad Social para que ésta pueda concederla. Tanto los requisitos como los documentos necesarios también se pueden consultar visitando la guía.
Pasos para solicitar la pensión de viudedad
Una vez se tienen todos los instrumentos para poder solicitar al Instituto Nacional de la Seguridad Social la pensión de viudedad, el interesado puede hacerlo de dos maneras distintas. Tendrá la opción de acudir presencialmente a las oficinas o bien, si lo prefiere, también podrá realizar este trámite por internet a través de la sede electrónica de la propia Seguridad Social.
Cabe destacar que, en este caso, la Seguridad Social no establece un plazo en el que se pueda solicitar esta pensión, por lo que el solicitante podrá realizarlo en cualquier momento. Además, una vez presentado el formulario, el INSS podrá tardar hasta 90 días (unos 3 meses) en notificar la resolución de la misma, indicando si se ha concedido o se ha denegado. Aunque lo cierto es que normalmente suelen tardar bastante menos, siendo un tiempo medio de unos 13 días.
Presentar la solicitud de manera presencial
En primer lugar, si una persona viuda desea acudir presencialmente a las oficinas de información de la Seguridad Social, tiene que tener en cuenta varios aspectos. El primero de ellos es que debe solicitar una cita previa en la propia web del INSS, pudiendo informarse de cómo hacerlo mediante la lectura del artículo en el que se explican todos los pasos para solicitar cita previa en la Seguridad Social (INSS).
Para conocer cuál es el centro de información de la Seguridad Social más cercano y que corresponde a cada persona, el INSS ha elaborado una sección en su sede electrónica en la que, a través de un pequeño cuestionario, aparece de manera directa el más cercano. Para acceder, es tan sencillo como dirigirse al portal de Oficinas de la Seguridad Social, teniendo que detallar el tipo de administración a la que se desea acudir y la provincia o incluso municipio del solicitante.
Presentar la solicitud de manera on-line
Por otro lado también existe la posibilidad de solicitar esta pensión de supervivencia por internet. La ventaja que tiene sobre la presentación física es que no será necesario solicitar una cita previa y, además, se podrá realizar durante las 24 horas del día desde cualquier aparato que tenga conexión a internet. Los pasos que el solicitante debe seguir son estos:
- Ir a la sede electrónica de la Seguridad Social.
- En el apartado ‘Ciudadanos’, escoger la sección ‘Pensiones’.
- Se seleccionará el apartado ‘Muerte y supervivencia nacional’. Donde habrá que identificarse a través de:
- Certificado digital.
- Usuario y contraseña.
- Cl@ve.
Una vez se identifica el usuario, deberá completar un formulario en el que, al final, habrá la opción de ‘adjuntar archivos’, donde se tienen que añadir todos los documentos necesarios. Cuando se complete el formulario, se habrá presentado formalmente la solicitud para ser beneficiario de la pensión por viudedad a la Seguridad Social.
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