El subsidio familiar o ayuda familiar para desempleados es una ayuda del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para trabajadores en situación de desempleo, que hubieran agostado la prestación a nivel contributivo y sigan sin encontrar trabajo. La cuantía de esta prestación en 2022 es de 463,21 euros y para solicitarla hay que reunir una serie de requisitos y presentar una documentación.
Requisitos para solicitar la ayuda familiar en 2021
Para solicitar esta ayuda, los interesados/as deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Ser desempleado
- Estás inscrito como demandante de empleo al menos un mes desde que se agotó la prestación contributiva (más conocido como paro).
- No tener derecho a solicitar la prestación por desempleo
- Contar con cargas familiares: El SEPE entiende por carga familiar (hijos o hijas menores de 26 años, hijos que cuenten con alguna discapacidad reconocida o familiares que dependan económicamente del solicitante). Puedes ampliar más información aquí.
- Firmar un compromiso de actividad: es decir, realizar las acciones propuestas por el SEPE para encontrar empleo. Estas acciones pueden ser realizar cursos de formación, inscribirse a bolsas de empleo, entrevistar o charlas formativas por orientadores laborales.
- Carecer de rentas: no deberán superar el 75% del salario mínimo interprofesional (SMI) que para este 2021 se sitúa en los 712,50 euros mensuales.
¿Qué papeles se necesita para pedir la ayuda familiar?
En el momento de presentar la solicitud, esta debe de ir acompañada de la siguiente documentación:
- Descargar y presentar el modelo oficial de la solicitud.
- Documentos de identidad del solicitante y de los hijos a cargo (DNI, NIE, NIF o pasaporte).
- Libro de Familia o equivalente para personas extranjeras.
- Cualquier documento bancario donde figure el solicitante como beneficiario de la cuenta.
¿Cuánto se cobra de subsidio por desempleo con cargas familiares?
Se percibe mensualmente 463,21 euros, esta cantidad corresponde a lo fijado por el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples IPREM, qué es el 80%. Si contamos con un contrato de trabajo a tiempo parcial o hemos trabajado en nuestro último contrato a media jornada esta prestación quedará reducida al 50% es decir, que nos corresponderá 231,6 euros mensuales.
¿Cuánto tiempo se cobra el subsidio?
Se cobra durante un periodo de seis meses y se puede prorrogar por otros dos periodos más, por lo que se puede cobrar durante un máximo de 18 meses. Ahora bien, podrá aumentar el tiempo de duración para las siguientes situaciones:
- Desempleados menores de 45 años, que reúnan los requisitos podrán solicitar una cuarta prórroga, es decir, un total de 24 meses.
- Desempleados mayores de 45 años con una prestación contributiva inferior a 4 meses podrán solicitarla una vez más, es decir, un total de 24 meses.
- Desempleados mayores de 45 años con una prestación contributiva igual o superior a 6 meses podrán solicitarla dos veces más, es decir, un total de 30 meses.
¿Cómo el subsidio por ayuda familiar?
Esta ayuda se puede solicitar en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Debido a la alerta sanitaria por coronavirus estas son las opciones disponibles:
- A través de la Sede Electrónica del SEPE si contamos con certificado digital, DNI electrónico o sistema cl@ve.
- Formulario de pre-solicitud. Este nuevo servicio permite a los usuarios a solicitar las prestaciones y subsidios sin necesidad de contar con certificado digital. Una vez enviado un gestor del SEPE contactará con nosotros para que enviemos toda la documentación y pueda realizarse la solicitud sin acudir a las oficinas de empleo.
- De forma presencial en las oficinas del SEPE, pero necesitamos previamente pedir cita previa.
¿Cuándo hay que presentar la solicitud?
Se debe de solicitar la ayuda familiar 15 días hábiles tras agotar el paro. Es cierto que existe un mes de espera para solicitar este tipo de prestaciones, pero el SEPE informó de la eliminación del mes de espera mientras durará la crisis sanitaria por coronavirus.
Esto quiere decir que tras agotar el paro tenemos un periodo de 15 días hábiles para solicitarlo. En los días hábiles no se cuentan ni sábados, domingos o festivos.
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