
El nuevo modelo de teletrabajo ruge con fuerza en el mercado laboral de España desde que diera comienzo la crisis sanitaria a causa del coronavirus, lo que se hace especialmente relevante para las mujeres trabajadoras embarazadas. Y es que fue ya hace más de un año y medio cuando el Ministerio de Sanidad, recomendaba a este colectivo de riesgo que permaneciera trabajando desde casa para así evitar un posible contagio. Por lo que la pregunta ahora es, ¿cómo se debe solicitar el teletrabajo si se está embarazada?
Para responder a esta lo primero que hay que saber es que este derecho laboral no está regulado por ley. Si bien se puede consultar el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de igualdad de la igualdad de trato de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la educación. En dicha ley recogida en el BOE se expresa cómo solicitar la adaptación de la jornada de trabajo o teletrabajo.
Concretamente se modifica el apartado 8 del artículo 34, en el que se establece que las “personas trabajadoras tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, incluída la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral”. Sin embargo, solo se detalla que está dirigido para aquellas personas que tengan hijos o hijas hasta que cumplan los doce años. Por lo tanto, ¿qué pasa con las mujeres trabajadoras que aún no han dado a luz?
Cómo solicitar el teletrabajo si se está embarazada
Si la trabajadora embarazada desempeña un puesto de trabajo el cual implica un contacto directo con algún tipo de riesgo, por ejemplo como es el caso del personal sanitario, y la empresa no puede garantizar los protocolos y medidas de seguridad establecidos para impedirlo, el empleador deberá readaptar la vacante para así garantizar en este sentido la plena seguridad de la mujer gestante y del feto.
Así lo recoge artículo 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Por lo que en caso de que exista algún peligro de carácter laboral, se podrá solicitar el teletrabajo, por lo que de esta forma se recoloque la plaza y no implique problemas en la ejecución de las actividades profesionales diarias.
En cualquier caso, lo recomendable es acudir al médico de cabecera adscrito al Servicio de Salud Público para que valore aquellos riesgos que se consideren a tener en cuenta en el puesto de trabajo que ocupe la trabajadora. En caso de que efectivamente existan, se deberá de hacer entrega de un informe médico en el que se detallen cuáles podrían ser los riesgos tanto para la madre como para el feto. Este documento será garantía de que la empresa no pueda negarse a que se le conceda el derecho a trabajar desde casa, siempre que se pueda ejercer el trabajo desde casa.
En caso contrario, cuando sea imposible la ejecución desde otro lugar que no sea el puesto presencial físico en oficina o establecimiento, la otra opción que queda es pedir la Incapacidad Temporal durante el embarazo, la cual podrá acogerse hasta 10 semanas antes de que se prevea la fecha de parto.
Cómo pedir el trabajo desde casa
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Redactar una carta de solicitud sobre la posibilidad de teletrabajar.
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Indicar la situación personal de la candidata: informar del estado de embarazo de la trabajadora, incluyendo los motivos que empujan a la mujer a querer realizar sus tareas fuera de la oficina.
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Detallar aquellos beneficios que podría suponer para la empresa.
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Especificar cómo se llevarían a cabo la relación de tareas y funciones desde casa.
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Proponer un horario, ya sea el habitual o uno nuevo que se ajuste a la petición de teletrabajo, destacando la proactividad y flexibilidad para adaptarse a los cambios.
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Sugerir métodos para cuantificar la productividad de la trabajadora y establecer objetivos que se quieran conseguir.
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Recordar los motivos por lo que no se debería prescindir del puesto de trabajo y la importancia de la vacante que se ocupa.
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