El reloj corre para los trabajadores autónomos. Como avisan desde Hacienda, todos aquellos que deseen domiciliar el pago del IRPF, es decir, la declaración de la Renta, tienen hasta el miércoles, 26 de junio, para hacerlo. Esto supone un adelanto de cinco días hasta que se ponga el broche final a la campaña de la Renta 2024, que finaliza el 1 de julio. Algo que se hace directamente presentando el modelo 100.
Al contrario de lo que ocurría en años anteriores, en este 2024 todos los trabajadores que cotizan en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social tienen que presentar la declaración de la Renta si estuvieron dados de alta en el ejercicio económico anterior.
¿Hasta cuándo tienen los autónomos para domiciliar la declaración de la Renta?
Como recoge la normativa del Impuesto sobre las Personas Físicas, la Agencia Tributaria explica que “si el vencimiento del plazo de presentación coincide con un día inhábil, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente y el plazo de domiciliación bancaria se ampliará con carácter general el mismo número de días que resulte ampliado el plazo de presentación de dicha declaración”.
Esto es lo que ocurre este año. Como el día 30 de junio es domingo, el plazo de presentación último es el 1 de julio; y con el plazo de domiciliación ocurre lo mismo. Hasta el miércoles, 26 de junio, los trabajadores por cuenta propia tienen para presentar la Renta si quieren que Hacienda les gire el cobro de la autoliquidación en la fecha legal.
Si esto no se solicita, deben ser ellos mismo quienes acudan a la entidad bancaria correspondiente o a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Cabe mencionar que no realizar este trámite puede suponer que se apliquen recargos o sanciones.
¿Es posible fraccionar la Renta con domiciliación si soy autónomo?
Sí, sí es posible. Desde Hacienda explican que los trabajadores por cuenta propia pueden domiciliar ese pago si no quieren pagarlo todo de golpe, es decir, si quieren fraccionarlo.
Si el autónomo quiere fraccionar la Renta y domiciliar el primer y segundo pago, tendrá únicamente hasta el 26 de junio para hacer su declaración. En este caso, Hacienda pasará el primer cobro el 1 de julio -que es la fecha límite general- y el segundo el próximo 5 de noviembre.
Si al fraccionarla solamente se desea domiciliar el primer pago, las fechas serán las mismas, y el trabajador por cuenta propia tendrá hasta el 26 de junio para presentar la declaración con solicitud de fraccionamiento. Después tendrá la oportunidad de solicitar la domiciliación del segundo pago hasta el 30 de septiembre.
Por último, en caso de querer abonar directamente el primer pago, pero domiciliar el segundo, el autónomo tendrá como el resto de contribuyentes hasta el próximo 1 de julio para presentar la declaración con solicitud de fraccionamiento.
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