El próximo lunes día 25 de enero termina el plazo para quien quiera solicitar el Subsidio Extraordinario por Desempleo de 430 euros al mes, una ayuda especial que puso en marcha el SEPE a consecuencia de la pandemia del Covid-19.
Puedes pedirlo si tu prestación contributiva por desempleo terminó entre los días 14 de marzo y 30 de junio de 2020. El SEPE llama exactamente a esta ayuda "Subsidio Especial por Desempleo".
Requisitos para pedir el Subsidio Extraordinario por Desempleo al INEM
Para cobrar el Subsidio Extraordinario por Desempleo al INEM debes cumplir una serie de requisitos:
- Estar dado de alta como demandante de empleo.
- Haber agotado el cobro de la prestación contributiva por desempleo entre los días 14 de marzo y 30 de junio de 2020 (fecha del primer Estado de Alarma).
- No recibir ningún tipo de ayuda de otra Administración pública, como el INSS o las Comunidades Autónomas.
A la hora de pedir esta ayuda no es necesario cumplir con el mes de espera. Tampoco se tendrá en cuenta la renta de más del 75% del SMI.
¿Cómo solicitar el Subsidio Extraordinario por Desempleo?
Puedes solicitar el Subsidio Extraordinario por Desempleo antes del día 25 de enero de tres maneras distintas:
- Rellena el formulario de pre-solicitud de la ayuda que puedes encontrar en la Sede Electrónica del SEPE. Es necesario que te identifiques usando tu certificado digital, el sistema Clave o el DNI electrónico.
- Pidiendo cita previa para el SEPE por internet y acudiendo de manera presencial a alguna de las oficinas.
¿Cuánto voy a cobrar con el SED?
Con el nuevo Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED) del INEM vas a cobrar 451,92 euros al mes durante 3 meses. Esto es, el 80% del IPREM, que en este mes de enero ha experimentado un incremento del 5%, por lo que el subsidio extraordinario por desempleo pasa de 430 a 451,92 euros.
Ten en cuenta que las oficinas del SEPE están colapsadas, pero, aun así, el Ministerio de Trabajo se compromete a pagar de manera retroactiva desde el momento en que presentaste la solicitud. Es incompatible con el cobro de cualquier otra prestación, por eso, si en estos momentos eres beneficiario del Ingreso Mínimo Vital, no podrás solicitar el SED.
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