El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cuenta con diferentes tipos de subsidios a los que se puede acceder bien tras agotar la prestación contributiva o no teniendo el mínimo cotizado, que son 360 días. La duración del subsidio dependerá del tipo que se solicite y de los requisitos que reúna el beneficiario pudiendo ir desde el medio año hasta los 33 meses.
El SEPE cuenta con un total de 8 tipos de subsidios por desempleo todos ellos con una duración y requisitos diferentes. Algunas de estas ayudas tienen una duración limitada de seis meses, aunque, por el contrario, existen otras que disponen de la posibilidad de ampliarse hasta los 2 años y medio. Todo ello a través de prórrogas de seis meses, llegando hasta los 33 mencionados anteriormente.
Para poder acceder a uno de estos subsidios será necesario cumplir una serie de requisitos establecidos por el Servicio Público de Empleo, aunque todos comparten cuatro condiciones en común: estar inscrito como demandante de empleo, haber agotado la prestación por desempleo, no cobrar más de 712,5 euros al mes y estar en búsqueda activa de empleo.
Desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social del Gobierno de España se está trabajando en la unificación de todas estas prestaciones en una única ayuda económica. Este nuevo subsidio contará con una duración variable que dependerá de las necesidades del trabajador y de sus posibilidades para incorporarse al mercado laboral.
Duración máxima
En función de qué tipo de ayuda que solicite el desempleado de larga duración tendrá un tiempo máximo de duración u otro. Lo único que no se modifica es la cuantía total a cobrar, que para todas las siguientes ayudas es de 451,92 euros al mes.
Subsidio extraordinario por desempleo
El subsidio extraordinario por desempleo (SED) es la ayuda que un desempleado puede recibir siempre y cuando haya agotado la prestación contributiva por desempleo (paro) y sea un parado de larga duración. En este caso, el tiempo máximo, sin posibilidad de prórroga, es de 180 días, es decir, 6 meses.
Subsidio por insuficiencia de cotización
Se trata de la ayuda económica que se cobra cuando una persona no ha cotizado lo suficiente a la Seguridad Social y, por lo tanto, no tiene derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo, es decir, el paro. En este caso, la duración dependerá de una serie de factores:
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Con cargas familiares y entre tres y cinco meses de cotización la ayuda será de la misma cantidad de meses que se trabajen. Por ejemplo, si una persona trabaja 4 meses, tendrá un subsidio durante 4 meses como tiempo máximo.
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Con cargas familiares y más de 6 meses cotizados: La ayuda será de 21 meses, aunque habrá que solicitar las prórrogas cada semestre (6 meses).
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Sin cargas familiares: El desempleado deberá haber cotizado, como mínimo, 6 meses, para obtener una ayuda de 6 meses como límite.
Personas mayores de 45 años
Para los desempleados que hayan tenido que solicitar el subsidio por desempleo y sean mayores de 45 años sin cargas familiares, desde el SEPE se indica que tendrán derecho a un subsidio de seis meses como máximo.
Subsidio para personas con cargas familiares
En el caso de la ayuda para las personas con cargas familiares hay que diferenciar hasta cuatro supuestos, si la persona solicitante es menor o mayor de 45 años y el tiempo de cotización en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Estos casos son los siguientes:
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Menor de 45 años y cotización de 4 meses: Tiene derecho a 18 meses de ayuda, sin posibilidad de ampliarla.
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Menos de 45 años y cotización de 6 meses: Puede optar a 24 meses de ayuda.
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Mayor de 45 años y cotización de 4 meses: Obtiene el mismo tiempo que en el caso anterior, 24 meses.
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Mayor de 45 años y cotización de 6 meses: Se trata del supuesto que más ayuda obtiene, cobrando los 451,92 euros durante un máximo de 30 meses.
Renta Activa de Inserción
Se trata del subsidio temporal que más tiempo se puede cobrar, la Renta Activa de Inserción (RAI) se podrá solicitar cuando no se tenga derecho a paro ni al subsidio por desempleo, una vez haya agotado ambos. En este caso, la duración será de 11 meses, aunque se podrán pedir dos ampliaciones, llegando hasta los 33 meses, es decir, con un tiempo máximo de 2 años y 9 meses.
Entre cada prorrogar hay que dejar el conocido como mes de espera, tiempo donde el desempleado debe volver a presentar la solicitud.
Personas mayores de 52 años
El subsidio por desempleo para las personas mayores de 52 años es el único caso en el que no existe una temporalidad como tal, sino que las personas que lo soliciten y cumplan los requisitos que se establecen desde el SEPE, podrán cobrar los 451,92 euros que se pagan hasta que llegue a la edad de jubilación. Por lo que se trata de la ayuda más amplia en el tiempo.
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