Vamos a analizar la prestación por desempleo de nivel asistencial, también conocida como subsidio de desempleo del SEPE (antiguo INEM). Veremos los requisitos que debes cumplir para solicitarla, las cuantías, plazos para percibirla y cómo solicitarla.
¿Qué es la Prestación por Desempleo de Nivel asistencial?
La ayuda de nivel asistencial consta de una prestación económica, tramitada a través del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), y del abono a la Seguridad Social de la cotización correspondiente a las prestaciones de asistencia sanitaria, protección a la familia y jubilación.
Un subsidio de desempleo dirigido a parados que figuren inscritos como demandantes de empleo que carezcan de rentas de cualquier tipo.
Requisitos para recibir el subsidio de desempleo
Para poder recibir esta prestación debes cumplir los siguientes requisitos generales:
- Estar inscrito como demandante de empleo durante un mes.
- No haber rechazado una oferta de empleo adecuada a tu perfil durante ese periodo.
- No haberte negado a participar en acciones de formación, promoción o reconversión profesional, salvo que tengas causas que lo justifiquen.
- No tener rentas, sea cual sea su naturaleza, superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional en su cómputo mensual. En este requisito queda excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
A quién se dirige esta prestación por desempleo
Además de cumplir los requisitos generales anteriores, este subsidio de desempleo del INEM va dirigido a:
- Trabajadores que han agotado la prestación contributiva por desempleo y tienen responsabilidades familiares.
- Trabajadores mayores de 45 años que han agotado su prestación por desempleo, aunque no tengan responsabilidades familiares.
- Trabajadores mayores de 52 años.
- Trabajadores emigrantes retornados.
- Trabajadores que están en situación legal de desempleo, pero no han cubierto el periodo mínimo de cotización para poder beneficiarse de una prestación contributiva.
- Trabajadores declarados inválidos parciales como consecuencia de un expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, invalidez permanente absoluta o total para desempeñar su profesión habitual.
- Expresidiarios y en remisión de condena por desintoxicación.
Cuantía de la Prestación por Desempleo de Nivel asistencial o subsidio
La cuantía de esta ayuda corresponde al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) , que son 537,84 euros/mes durante el año 2020.
En caso de desempleo por pérdida de un trabajo que haya sido a tiempo parcial, esta cuantía se percibirá en proporción a las horas trabajadas. En el caso de ser mayor de 55 años, este subsidio se percibirá sin parcialidad.
Además de la compensación económica, esta ayuda también cubre el derecho a las prestaciones de asistencia sanitaria, y en su caso, prestaciones familiares, con las mismas condiciones y derechos que poseen los trabajadores dados de alta en la Seguridad Social.
Dónde y cuándo solicito el subsidio de desempleo
Esta prestación puede tramitarse en el Centro del Instituto Social de la Marina que corresponda a tu domicilio, o por internet, a través de la sede electrónica del SEPE, a la que puedes acceder pinchando en el siguiente enlace:
También puedes descargar solicitud de subsidio de desempleo nivel asistencial aquí:
Solicitud Subsidio de Desempleo
Plazos para solicitar la prestación por desempleo
- Desde el día siguiente a la finalización del mes de espera, siempre que la hayas solicitado en el plazo de 15 días siguientes a la terminación del mismo.
- En el caso de solicitarla fuera de plazo, el derecho a la ayuda nace a partir de la solicitud, que reducirá su duración los días que medien entre la fecha en que parte el derecho a percibirla y aquella en que se hubiera tramitado su solicitud.
- El subsidio especial para parados de larga duración podrá solicitarse al día siguiente de haber agotado la prestación por desempleo.
Duración de la prestación por desempleo de nivel asistencial
- Para los trabajadores que han agotado su prestación contributiva por desempleo y tienen responsabilidades familiares el subsidio tendrá una duración de 6 meses, prorrogables por otros dos periodos de 6, hasta un máximo de 18. Aunque habrá dentro de este grupo las siguientes excepciones:
❌ Menores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva de, como mínimo 180 días, tendrán derecho a otra prorroga de 6 meses hasta un total de 24 meses.
❌ Mayores de 45 años que hayan agotado esta prestación contributiva de, como mínimo 120 días, tendrán igualmente otra prórroga de 6 hasta 24 meses totales.
❌ Mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva de, como mínimo 180 días, tendrán derecho a dos prorrogas de 6 meses cada una, hasta un total de 30 meses. - Para trabajadores fijos discontinuos, la duración será equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.
- Trabajadores mayores de 45 que han agotado su prestación por desempleo y no tienen cargas familiares la duración será de 6 meses totales, sin posibilidad de prórroga.
- Los trabajadores emigrantes retornados tendrán una prestación durante 6 meses, prorrogables por otros dos periodos hasta un máximo de 18 meses.
- Los trabajadores que no han cotizado el periodo mínimo para acceder a una prestación contributiva y están en situación legal de desempleo, la duración del subsidio estará en función de los meses que han cotizado y de que tengan o no responsabilidades familiares.
❌ Si tiene responsabilidades familiares: 3, 4 o 5 meses si ha cotizado 3, 4 o 5 meses respectivamente. 21 mese si ha cotizado 6 meses o más.
❌ Si no tiene responsabilidades familiares: 6 meses, improrrogables, si ha cotizado 6 meses o más.
❌ Si se trata de trabajador fijo discontinuo, será equivalente al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud. - La duración del subsidio para los expresidiarios y de remisión de condena por desintoxicación, será de 6 meses, prorrogables dos periodos más hasta un total de 18 meses.
- Para los trabajadores declarados inválidos parciales la duración será de 6 meses, prorrogables dos periodos hasta 18 meses totales.
- Los trabajadores mayores de 52 tendrán derecho a la prestación por desempleo de nivel asistencial hasta alcanzar la edad ordinario que se exija para tener derecho a pensión de jubilación contributiva.
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