El subsidio por Ayuda Familiar es una ayuda económica que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) destina a aquellos desempleados de larga duración que han agotado la prestación por desempleo a nivel contributivo (el paro). Este subsidio tiene una cuantía actual de 480 euros al mes.
El cobro de esta ayuda familiar puede llegar a durar hasta 30 meses, aunque la temporalidad dependerá de la edad del solicitante y del tiempo de paro que se haya agotado previamente. Además, también se debe dar dos factores especiales para acceder a esta ayuda, el solicitante debe tener cargas familiares y no puede tener más de 52 años. Ya que, si el desempleado tuviera más de esta edad y 15 años cotizados a los largo de su vida laboral deberá pedir el subsidio para mayores de 52 años.
Requisitos de la ayuda familiar
Para acceder a la ayuda para desempleados con cargas familiares es SEPE exige que se reúnan un total de seis requisitos. Estos son:
- Tener la condición de desempleado.
- Estar inscrito/a durante al menos un mes desde el agotamiento de la prestación por desempleo.
- Agotar la prestación contributiva por desempleo.
- En el momento de presentar la solicitud, aceptar las condiciones del compromiso de actividad (no rechazar ofertas de empleo, acudir a las llamadas de SEPE o realizar la búsqueda activa para el empleo).
- Contar con responsabilidades familiares. Se entiende por carga familiar hijos menores a cargo o hijos con menores de 26 años con una discapacidad reconocida.
- Carecer de rentas superiores a 810 euros al mes. Esta cantidad corresponde al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI).
Ante posibles dudas o consultas sobre estos requisitos es posible llamar a los números de teléfono del SEPE a nivel provincial y solicitar información a los trabajadores funcionarios de la administración pública.
¿Cuánto se cobra de subsidio en 2023?
Se cobra 480 euros al mes de ayuda familiar, esta cantidad corresponde al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). En el caso de, que el último contrato de trabajo fuera a jornada parcial se cobrará la parte proporcional a dicho contrato. Por ejemplo, si se trabaja a media jornada se percibirá el 50%, 231,60 euros al mes.
Duración de la ayuda familiar
La duración vendrá determinada por dos factores, la edad del solicitante, si es mayor o menos de 45 años y la prestación contributiva consumida. Sabiendo esto, la duración de esta prestación será la siguiente:
- Si es desempleado menor de 45 años y ha agotado un paro menor a cuatro meses, le corresponden 18 meses de subsidio (1 año y seis meses).
- Si el desempleado es menor de 45 años, pero ha agotado un paro superior a cuatro meses, le corresponden 24 meses de subsidio (dos años).
- Para desempleados mayores de 45 años y que hayan consumido un paro inferior a cuatro meses podrán cobrar este subsidio durante 24 meses (dos años).
- Si son parados mayores de 45 años y el paro consumido es superior a cuatro meses, el subsidio será de 30 meses (dos años y seis meses).
Un concepto muy importante es que este subsidio se va concediendo en prórrogas de seis meses. Es decir, aunque se apruebe por un periodo de 24 meses, este deberá de ir renovándose cada seis meses hasta cumplir los 24 meses o encontrar un trabajo. En el siguiente artículo se explica cómo prorrogar correctamente un subsidio por desempleo para no perderlo.
Documentación
En el momento de presentar la solicitud, esta debe de ir acompañada de una serie de documentos para que el Servicio Público de Empleo Estatal pueda acreditar que se reúnen los requisitos para cobrar la ayuda familiar. Esta es la documentación que se debe presentar:
- Descargar y presentar el modelo oficial de la solicitud.
- Documentos de identidad del solicitante y de los hijos a cargo (DNI, NIE, NIF o pasaporte).
- Libro de Familia o equivalente para personas extranjeras.
- Cualquier documento bancario donde figure el solicitante como beneficiario de la cuenta.
Por último y aunque no es obligatorio presentarlo en el momento de la solicitud, es posible que el SEPE quiera conocer el nivel de rentas del solicitante. Si esto ocurre, se deberá aportar la última declaración de la renta, ya que es lo que se conoce como justificante de rentas.
Cuándo hay que solicitarla
Haciendo referencia a cuándo se debe solicitar esta prestación por ayuda familiar, el demandante de empleo debe conocer que, de momento, sigue vigente la normativa de tener que esperar un mes sin cobrar ninguna prestación desde que se agotó el paro. Una vez se cumpla dicho mes, el desempleado tendrá que pedir este subsidio al Servicio Público de Empleo Estatal durante los primeros 15 días hábiles, es decir, laborales, del mes siguiente.
Cómo solicitarla
El subsidio de ayuda familiar se debe solicitar por internet a través de la web del SEPE, de forma presencial en las oficinas de prestaciones del INEM o por correo ordinario. Por internet se debe entrar en la web www.sepe.es e ir directamente a la sede electrónica, persona, protección por desempleo y solicitud. Se puede acceder directamente desde este enlace. Se podrá iniciar la solicitud con certificado digital, DNI electrónico o cl@ve.
Existe otra forma de solicitar la ayuda familiar sin necesidad de certificados de seguridad y es a través del formulario de prestaciones-solicitud. También puede solicitarse de forma presencial, pero es necesario reunir la documentación y solicitar cita previa por internet o teléfono para acudir a la oficina de empleo. Por último, se puede pedir la ayuda familiar por correo ordinario. No es recomendable esta vía, ya que es más lenta.
¿Qué otros subsidios y prestaciones puedo solicitar después de la Ayuda Familiar?
En algunos casos puede ser que, tras agotar el subsidio por ayuda familiar no encuentre empleo y se necesite seguir contando con unos ingresos. Tanto el Servicio Público de Empleo como la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) cuentan con diferentes prestaciones para garantizar los ingresos económicos familiares.
En el caso del SEPE contará con el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED) y la Renta Activa de Inserción (RAI). Estos subsidios se les conoce como ayudas extraordinarias por desempleo y tienen una cuantía de 480 euros al mes. En los siguientes enlaces se explica como solicitar cada una de ellas.
La Seguridad Social o INSS cuenta con el Ingreso Mínimo Vital. Esta es una prestación que busca garantizar los ingresos mínimos de una unidad de convivencia ya sea solo o acompañado. No tiene límites de duración mientras se sigan cumpliendo con los requisitos y las cuantías pueden llegar hasta los 1.243,83 euros al mes.
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