Habrá cambios para aquellos conductores que deban pasar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) a partir del próximo 1 de julio. Mañana viernes entrará en vigor en las estaciones nacionales la versión 7.6.1 del manual que guía los procedimientos de examen y que contiene algunas novedades que fueron en su momento congeladas por la pandemia y sus restricciones sanitarias enfocadas a minimizar el contacto físico, vuelven.
“Tiene como objetivo asegurar que los vehículos en circulación mantengan unas condiciones de seguridad por encima de los mínimos exigidos, minimizar el riesgo de accidentes por causas técnicas y contribuir a proteger el medio ambiente a través de la reducción de las emisiones de los gases de escape.
ITV: los dos cambios a partir del 1 de julio
Para ello, la ley establece una periodicidad mínima con la que los vehículos deben pasarla así como situaciones extraordinarias que obligan a acudir a la revisión, indica desde su propia página web.
Prueba OBD
Denominada diagnosis a bordo del vehículo, para el que es necesario acceder al interior del vehículo. Básicamente se trata de comprobar que todo funciona correctamente en el control de la centralita electrónica, un pequeño ordenador que controla los parámetros.
Se conecta un aparato a esa centralita con tal de certificar que no ha sido modificada o alterada. Obligatorio para los coches más modernos, en concreto los Euro 5 y Euro 6 de las categorías M1 (turismos) y N1 (comerciales ligeros tipo Volkswagen Caddy) y Euro VI (camiones). Se realiza desde 2018.
Comprobación del número de bastidor
Se examina el estado del troquelado del número de bastidor, algo así como el DNI del coche. 17 cifras que identifican al vehículo y que se les conoces como VIN. Se muestra en la parte superior del salpicadero, en la placa del fabricante o sobre el chasis. Los trabajadores de la ITV comprobarán, volviendo de esta manera a acceder al interior, que es perfectamente legible y coincide con el de la documentación.
Plazos ITV: ¿Cuándo pasar la ITV en mi vehículo?
Tras su primera matriculación, los turismos deben pasar su primera ITV al cuarto año. Por tanto, esta fecha será clave para saber el momento en el que el vehículo debe pasar la inspección. Las frecuencias exactas las recoge el Real Decreto 920/2017, aunque estas son las más comunes:
Ciclomotores de dos ruedas
- Hasta 3 años de antigüedad: exento.
- Más de 3 años de antigüedad: cada 2 años.
Motocicletas, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos, quads, ciclomotores de tres ruedas y cuadriciclos ligeros
- Hasta 4 años de antigüedad: exento.
- Más de 4 años de antigüedad: cada 2 años.
Turismos particulares:
- Hasta 4 años de antigüedad: exento.
- De 4 a 10 años de antigüedad: cada 2 años.
- Más de 10 años de antigüedad: cada año.
Vehículos ligeros (furgonetas, furgones y camiones hasta 3.500 kg. De mma):
- Hasta 2 años de antigüedad: exento.
- De 2 a 6 años de antigüedad: cada 2 años.
- De 6 a 10 años de antigüedad: cada año.
- Más de 10 años de antigüedad: cada 6 meses.
Vehículos pesados (camiones y remolques de más de 3.500 kg. De mma)
- Hasta 10 años de antigüedad: cada año.
- Más de 10 años de antigüedad: cada 6 meses.
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