Le responde con caras de risa tras saber que pagan 500 € por 36 horas semanales: “no entiendo los emoticonos”

Este caso, aunque con un toque de humor, ha generado una gran indignación entre los seguidores de Jesús Soriano (@soycamarero) por las precarias condiciones laborales que se ofrecen.

Le responde con caras de risa tras saber que pagan 500 € por 36 horas semanales: “no entiendo los emoticonos” Cuenta de 'X' de 'Soy Camarero'
Esperanza Murcia

Uno de los sectores con más precariedad laboral es el de la hostelería. Un sector cuyos trabajadores, con bastante frecuencia, ven sus derechos laborales vulnerados. Incluso los más básicos. Cobrar por debajo del salario mínimo, jornadas de más de 40 horas semanales o no contar con los descansos mínimos, son algunos ejemplos que desafortunadamente se repiten con asiduidad. 

Anteriormente, estas situaciones se daban menos a conocer. Pero, ahora, las redes sociales se han alzado como un canal de denuncia. Y, entre las cuentas que están sirviendo como altavoz para acabar con estas injusticias, destaca la de ‘Soy Camarero’, en manos de Jesús Soriano, que lleva siete años exponiendo casos reales de las condiciones laborales que deben aguantar los profesionales de la hostelería. Este mismo fin de semana, ha compartido una conversación de WhatsApp donde se puede ver claramente la precariedad de algunas ofertas de empleo

La última denuncia de ‘Soy Camarero’

En la captura de pantalla compartida por ‘Soy Camarero’, correspondiente a una conversación de WhatsApp que le envió la personada candidata al puesto, se puede ver cómo el empleador le explica que el puesto es “para 4 horas de martes a domingo. De 6 de la tarde al cierre a las 11 u 12 de la noche” y que el pago es de “500 euros”

Ante esto, la candidata le responde con varios emoticonos de risa, a lo que el empleador le contesta: “no entiendo los emojis”. Para Jesús Soriano, el problema está claro, y así lo ha expuesto en su cuenta de ‘X’ (antes ‘Twitter’): “Pues yo creo que los emojis se entienden perfectamente”

Y es que el empleador, aunque diga que el contrato es de 4 horas, realmente está pidiendo que se trabajen entre 5 o 6 horas al día durante 6 días a la semana, lo que da una jornada de 30 o 36 horas semanales y no de 24 horas como él defiende. Y no acaba aquí. Porque, además, el salario a percibir por esta jornada sería de 500 euros, muy por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Qué dice la ley y el Estatuto de los Trabajadores

Ningún trabajador puede cobrar por debajo del Salario Mínimo Interprofesional. No importa si son trabajadores temporales o indefinidos, siempre debe respetarse el SMI. En 2024, tal y como se aprobó en febrero, está situado en los 1.134 euros brutos al mes en 14 pagas (pagas extraordinarias aparte) o en los 1.323 euros brutos mensuales en 12 pagas (extras prorrateadas, repartidas mes a mes). 

Esta es la cuantía mínima que se debe recibir en caso de trabajar a jornada completa. Y, si se traba a tiempo parcial, debe cobrarse el proporcional a nuestra jornada. Así pues, en el caso anterior el empleador está incumpliendo con la ley, ya que el salario que ofrece se sitúa por debajo del SMI (este viene regulado en el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores). 

Por 35 horas semanales, el sueldo tendría que ser de 1.157,63 euros brutos al mes, en 12 pagas, o de 992,25 euros brutos mensuales en 14 pagas. Y, por 30 horas semanales, debería de ser de 992,25 euros brutos al mes en 12 pagas o de 850,50 euros brutos mensuales en 14 pagas. Unos salarios muy diferentes a los 500 euros que ofrece. Cabe recordar que la Inspección de Trabajo puede llegar a multar con hasta 7.500 euros por pagar menos del SMI.

Por otro lado, el empleador da a entender que se firmaría un contrato de 4 horas, aunque se trabajen 5 o 6 horas al día. Así pues, habría algunas horas en las que el trabajador o trabajador no estaría dado de alta. Esta es una de las infracciones más graves que se pueden cometer en el ámbito laboral y también se puede recibir una multa de entre 3.750 y 12.000 euros, dependiendo de la gravedad, tal como se recoge en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. 

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