El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) ha comenzado la venta de sus irresistibles destinos. Hay 886.269 plazas en toda España para viajar por todo el país, y en Andalucía la venta de la temporada 2024-2025 empieza hoy lunes 23 de septiembre desde las nueve de la mañana. Para poder disfrutar del programa hay que cumplir una serie de requisitos. Estas son todas las fechas importantes en Andalucía y los puntos que hay que cumplir.
Los jubilados que se queden sin plaza no tienen que preocuparse , porque pueden entrar en la lista de espera de los viajes del Imserso. Hay que tener en cuenta que el programa establece algunos gastos extras en ciertas circunstancias.
¿Cuándo se pueden reservar los viajes del Imserso 2024-2025 en Andalucía?
En Andalucía, los viajes del Programa de Turismo Social de los viajes del Imserso 2024-2025 pueden comprarse a partir del lunes 23 de septiembre de 2024 a las 9 de la mañana. Estas son las fechas que los jubilados deben apuntar en sus calendarios para viajar a precios muy baratos por España:
- Lunes 23 de septiembre: reservas de los acreditados preferentes a partir de las 9 de la mañana.
- Martes 24 de septiembre: reservas para los acreditados no preferentes a partir de las 9 de la mañana.
- Sábado 28 de septiembre: reserva de las plazas no cubiertas para cualquier solicitante que cumpla los requisitos.
Estas fechas también son compartidas en otras regiones como Cantabria, Aragón, Comunidad Valenciana, Castilla y León, Comunidad de Madrid, Murcia y Extremadura. A partir del miércoles 25 de septiembre seré el turno de los preferentes de Cataluña, Asturias, Castilla-La Mancha, Baleares, La Rioja, Navarra y el País Vasco.
Requisitos en Andalucía para viajar con el Imserso en su programa 2024-2025
El Boletín Oficial del Estado (BOE) establece todos los requisitos en Andalucía para viajar con el Imserso en la temporada 2024-2025 a los destinos más increíbles de España. Estos son los puntos que hay que cumplir para poder solicitarlos:
- Ser pensionista jubilado por el sistema de la Seguridad Social.
- Ser pensionista de viudedad de más de 55 años por el Sistema de la Seguridad Social.
- Ser pensionista de la Seguridad Social por otros conceptos, o beneficiario de prestaciones y subsidios de desempleo a partir de los 60 años.
- Ser asegurado o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social de nacionalidad española con más de 65 años (cumplidos).
- Españoles que residan en el extranjero, siempre que cumplan algunos de los requisitos anteriores.
- Los que residan habitualmente en Andorra, Alemania, Austria, Bélgica, Finlandia, Dinamarca, Francia, Holanda, Noruega, Italia, Luxemburgo, Portugal, Reino Unido, Suecia, o Suiza pueden participar, pero tienen que tramitar sus solicitudes en las Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
- Españoles de origen emigrante que hayan vuelto a España, pero tienen que ser pensionistas de la Seguridad Social de los países a los que hayan emigrado.
¿Puedes llevar acompañante a un viaje del Imserso?
La respuesta a si puedes llevar a un acompañante a un viaje del Imserso es que sí. En la propia página del organismo explican que pueden ir con su cónyuge o pareja de hecho. También con “cualquiera que constituya una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal”. Estos no es necesario que cumplan con los requisitos de jubilación ni de edad.
En el caso de los hijos, no pueden ir con ellos, salvo que el solicitante tenga un grado de discapacidad igual o mayor al 45%. Tienen que dormir con ellos y pagar un suplemento por la habitación doble.
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