La Dirección General de Tráfico (DGT) prohíbe conducir con ciertas enfermedades o patologías. La última reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, de hecho, incidió en esta materia, aumentando la cuantía establecida como multa si un agente de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado tiene constancia de que un conductor conduce con algunos de los problemas de salud, ya sean crónicos o transitorios, que posee en su lista negra.
El motivo no es otro que el principal objetivo de la última actualización de la normativa vial: limitar al máximo posible la siniestralidad y potenciar la seguridad vial. Dos premisas a las que comprometen patologías como la epilepsia, haber sufrido un ictus, llevar marcapasos o alteraciones de la visión. Ellas merman las correctas aptitudes físicas y psicológicas que Tráfico evalúa en los exámenes médicos del carnet de conducir, con tal de minimizar el riesgo de sufrir accidentes, comprometiendo la integridad del propio conductor y la de los demás.
Es decir, no solo hay que ser intelectualmente apto para conducir. Es decir, conocer cómo funciona un vehículo y las normas y señalizaciones que hay que respetar, también hay que, como los futbolistas, ser físicamente apto. De lo contrario, los conductores se exponen a sanciones desde los 200 hasta los 6.000 euros. Será de 200 euros si la enfermedad hubiera hecho acto de presencia una vez que se hubiera obtenido el carnet por primera vez o renovado posteriormente.
Las enfermedades por las que la DGT prohíbe conducir
La Dirección General de Tráfico recoge una lista de enfermedades por las que es imposible conducir. En caso de hacerlo con algunas de las siguientes, el conductor podría enfrentarse a graves multas.
Oncológicas:
- Dolencias oncológicas.
- Trastornos oncohematológicos.
Renales:
- Trasplante renal.
- Nefropatía con diálisis.
Vasculares:
- Aneurisma de grandes vasos.
- Disección.
Crónicas y degenerativas:
- Alzheimer.
- Esclerosis lateral amiotrófica.
- Enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
- Temblor esencial.
- Esclerosis múltiple.
- Distrofia muscular.
- Osteoporosis.
- Párkinson.
- Artritis reumatoide.
Endocrinas:
- Hipotiroidismo y paratiroides.
- Diabetes mellitus insulinodependiente.
- Cardiacas
Neurológicas:
- Accidente isquémico transitorio.
- Crisis o pérdida de conciencia.
- Epilepsia.
Psiquiátricas:
- Delirium, Demencias y Trastornos de ansiedad.
- Trastornos catatónicos, trastornos de la personalidad.
- Ansiedad y Depresión
- Trastorno del sueño.
- Trastorno obsesivo compulsivo.
- Trastorno del desarrollo intelectual.
- TDH.
- Abuso y dependencia del alcohol.
- Abuso y dependencia de drogas.
- Oncológicas
Arritmias:
- Infarto agudo de miocardio.
- Portadores de prótesis valvulares.
- Portadores de marcapasos.
- Portadores de desfibrilador automático.
Respiratorias:
- Apneas de sueño.
- Disnea permanente en reposo o de esfuerzo leve.
- Neurológicas.
Lo más leído
-
La Seguridad Social tiene prohibido revisar la incapacidad permanente a partir de esta edad
-
El país de Europa que aprobó la jornada laboral de 4 días en 2019 y que cinco años después la productividad ha aumentado
-
Así subirán las pensiones a partir de enero de 2025: jubilación, viudedad, incapacidad permanente y no contributivas
-
70 años y 43 años trabajando en la misma empresa sin poder jubilarse por la hipoteca: "la vida no debería de ser tan difícil"
-
Precio de la luz mañana, 23 de diciembre, por horas: cuándo es más barata y más cara
-
Trabajo lo confirma: los trabajadores tendrán derecho “a no ser localizables” fuera de su jornada y se prohíbe la comunicación por cualquier vía