El Tribunal Supremo ha reconocido que las personas con Trastorno de Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH) puedan acceder a las becas educativas sin tener que acreditar una discapacidad del 33%. Ha sido la Federación de Asociaciones de Ayuda al Déficit de Atención e Hiperactividad (FEAADAH) quien ha recibido el pronunciamiento favorable “para evitar la exclusión discriminatoria que había creado el Real Decreto 471/2021, que exige a los alumnos con TDAH que acrediten un 33% de discapacidad para poder aplicar a las ayudas económicas”.
Una obligación que, desde la federación, apuntan que “era del todo discriminatoria”. En España, existen 415.000 niños con TDAH y, de estos, alrededor de 20.000 no podían optar a las becas formativas del Ministerio de Educación por no tener reconocido este grado de discapacidad, como explican desde FEAADAH. Por esta razón, asociaciones de todo el país recurrieron primero ante la Audiencia Nacional y, posteriormente, ante el Tribunal Supremo.
Este último, ha desestimado los recursos administrativos al considerar que “a su juicio, el TDAH, tal como se ha descrito sin que haya habido contradicción al respecto, puede considerarse comprendido en la letra A del apartado 1 del artículo 7 del Real Decreto 471/2021”. Esta letra A permite “acceder a las becas para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastorno grave de conducta”. Por ende, su acreditación será suficiente para poder obtenerlas.
20.000 alumnos se quedaron sin beca en los últimos 4 años
Tras la sentencia del Tribunal Supremo, “el Ministerio deberá incluir en sus becas a quienes, con un trastorno del neurodesarrollo acreditado científicamente, encuentran dificultades económicas a su desarrollo humano y formativo sin necesidad de tener discapacidad o trastorno de conducta”, explica la presidenta de FEAADAH, Maite Urkizu.
En España, la prevalencia del TDAH es de un 5% de la población infantil y adolescente. “De los 415.000 niños en este país con TDAH, 20.000 se han quedado sin beca en estos cuatro años por no poder acreditar una discapacidad 33%, lo que no significa que no necesiten apoyo educativo”, en palabras de Urkizu.
Las distintas asociaciones, junto a las familias afectadas, llevaban años pidiendo una modificación del Real Decreto. En concreto, solicitaban añadir un quinto apartado donde se incluyera a los TDAH pero, con la sentencia del Supremo, no será necesario: “no será necesario añadir un quinto apartado puesto que ha dejado bien claro que los TDAH están incluidos en el primero”. El citado apartado de la letra A, por la que ahora ya podrán acceder a becas educativas.
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