Los empresarios que tienen trabajadores por cuenta ajena contratados como fijos-discontinuos, necesitan consultar y enviar los periodos de actividad u otras situaciones producidas durante la vigencia de las campañas de estos, autorizados por Expedientes de Regulación de Empleo. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha comunicado a través de sus redes sociales que ya puede consultarse el calendario de aplicación Certific@2 para este 2023.
Específicamente, consiste en la posibilidad de que cualquier empresa, a través de Internet, pueda comunicar a esta administración pública las altas iniciales en la prestación por desempleo de todas las personas afectadas, tanto por la extinción de un contrato, como por una suspensión o reducción de jornada por dicho expediente regulador.
Obviamente, esto afecta a los trabajadores fijos-discontinuos, básicamente por su situación laboral. Son trabajadores con un contrato indefinido que trabajan en los periodos de alta actividad de la empresa contratante. Estos pueden cobrar el paro cuando demuestren haber trabajado más de 360 días y, desde marzo de 2022, el subsidio para mayores de 52 años.
El calendario para presentar todos esos periodos de actividad e inactividad ya está disponible en la web habilitada por el SEPE. Así, el mayor beneficio es la simplificación de los trámites para el reconocimiento y la reducción de los plazos de los Expedientes de Regulación de Empleo.
Para utilizar ese servicio es necesario acceder a la aplicación Certific@2 y disponer de autorización para la transmisión telemática de datos de los Servicios Públicos de Empleo, obtenida con anterioridad conforme la aplicación Contrat@, o de forma electrónica otorgada por alguna autoridad de certificación.
Los calendarios y plazos de la aplicación Certific@2
Tal y como recogen desde la plataforma web del SEPE, cuando se quiere conocer el cómputo de plazos, hay que tener presente que serán considerados inhábiles únicamente si son declarados para todo el territorio nacional. Por tanto, la transmisión de datos recibidos en un día inhábil será efectuada en la primera hora del primer día hábil siguiente.
En el asiento de la entrada se inscribirán como fecha y hora de presentación aquellos en las que se produjo la recepción, constando como fecha y hora de entrada efectivas las ceros horas y un segundo del primer día hábil.
Existe un calendario con el cierre mensual del envío de datos que coincide con el último día laborable del mes correspondiente, sin contar fines de semana o festivos nacionales.
¿En qué consiste la protección por desempleo Certific@2?
Como puede intuirse, ese Certific@2 sirve para realizar comunicaciones de datos sobre trabajadores. Siempre por vía telemática, por lo que queda sustituida la forma presencial para entregar documentos entre las empresas y la administración pública.
Este sistema es muy importante. Para solicitar la prestación por desempleo, el trabajador necesita aportar documentación, como el certificado de empresa. Algo que debe emitirse de forma obligatoria por el empresario. Esto debe enviarse en el mismo día que se produce el cese o, en todo caso, al día siguiente en que el trabajador lo solicite al empresario.
Los empresarios que necesiten acceder a esta aplicación habilitada pueden presentar el certificado de empresa mediante tres vías:
- Por certificado digital.
- Mediante una autorización, es decir, una clave de acceso dada por los servicios públicos de empleo.
- Por identificación: introducir los datos personales requeridos.
Cabe mencionar que la comunicación de altas iniciales, el certificado de empresa y los periodos de actividad laboral de los fijos discontinuos puede realizarse durante las 24 horas del día, todos los días del año.
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