Las personas que se encuentren cobrando la prestación por desempleo y comiencen a trabajar deben de comunicarlo al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). En ese momento, la prestación contributiva, o más conocida como el paro, quedará paralizada y se comenzará a cotizar para una nueva.
En el caso de que se llegará a cotizar más de 360 días por desempleo, se adquirirá el derecho a una nueva prestación. Pero, ¿qué pasa con la antigua prestación? ¿Se pierde? Ante este conflicto es donde entra el término “el derecho de opción”.
El SEPE (INEM) explica en su web que, en caso de cobrar uno de los subsidios por desempleo, estos se paralizarán. Tras acabar la relación laboral, el desempleado podrá solicitar al Servicio Público de Empleo que lo reactive y terminar de cobrarlo. También es posible cobrar un subsidio por desempleo y trabajar a media jornada.
Qué es el derecho de opción en el paro
El derecho de opción nace cuando un trabajador paraliza su prestación por desempleo y comienza a trabajar por un periodo igual o superior a los 360 días y adquiere el derecho a una nueva prestación. En este punto, el trabajador deberá elegir entre reanudar paro anterior o solicitar nuevo con las nuevas cotizaciones generadas.
En el caso de cobrar el paro antiguo, el nuevo desaparece, de ahí el nombre de “opción” y donde el trabajador debe saber elegir entre una u otra prestación.
Cuáles son las dos opciones que ofrece el SEPE
En el caso de tener que elegir entre reanudar paro anterior o solicitar nuevo, el trabajador deberá elegir una de esta dos opciones:
- Cobrar el paro antiguo: en el caso de retomar la prestación por desempleo paralizada, el trabajador volver a cobrar el mismo importe que venía cobrando hasta agotarla. Las cotizaciones generadas por el último trabajo se perderán.
- Cobrar un nuevo paro: en el caso que este nuevo trabajo se llegará a generar 360 días cotizados o más, el trabajador podrá solicitar una nueva prestación. Si tuviera paro que gastar lo perderá, ya que el paro se pierde si no se cobra.
Cómo saber que opción es más beneficiosa
En este punto es importarte saber y teniendo en cuenta el derecho de opción del SEPE qué paro conviene más a un trabajador. Sea cual sea la decisión, el trabajador contará con un plazo de 15 días hábiles para decidirlo. Este es el tiempo que da el Servicio Público de Empleo para pedir el paro una vez finalizado el contrato laboral.
Será más ventajoso cobrar el paro paralizado cuando tanto en tiempo como en cuantía superen al nuevo. Por ejemplo, si hay que elegir entre cobrar un paro antiguo de 12 meses de prestación por desempleo a razón de 900 euros al mes y el nuevo paro es de cuatro meses a razón de 970 euros. En esta opción será más ventajoso cobrar el paro antiguo, ya que aunque el importe sea menor es más beneficioso para desempleado.
Sea cual sea la situación, es importante conocer cuál es más ventajoso. Recordar que, por cada cuatro meses cotizados, corresponderá uno de paro, y que durante los 180 primeros de paro se cobrará el 70 % de la base reguladora y a partir del día 181 el 50 %.
Qué pasa con el derecho de opción si cotizo por menos de 360 días
En el derecho de opción nace cuando se cotiza por 360 días o más de trabajo. En otras palabras, al no llegar a ese mínimo no entraría en juego este concepto, debido a que el trabajador no puede elegir entre retomar la antigua prestación o pedir una nueva.
Los trabajadores que tras un contrato de trabajo cotice por menos de un año, deberán solicitar al Servicio Público de Empleo Estatal retomar la antigua prestación. Los nuevos días generados por desempleo se guardarán y se acumularán hasta llegar a los 12 meses de cotización.
Resumiendo, si el trabajador interrumpe una prestación por desempleo para trabajar y ese trabajo los realiza por un periodo igual o superior a un año, tendrá el derecho de opción (termina de cobrar la antigua prestación o cobrar una nueva). Si ese empleo cotiza por debajo del año, acumulará ese paro hasta que consiga el mínimo para pedir una nueva prestación.
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