Marzo no solo es un mes en el que aquellas personas que están cobrando una pensión se pregunten cuándo van a recibir el dinero. Sino que, además, también se trata de una fecha importante para algunos pensionistas, puesto que es la marcada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para que haya algunas prestaciones que van a recibir una cuantía extra.
Se trata de un hecho que va a suponer un nuevo aumento de las pensiones más allá del que tuvo lugar a principios del año 2022 cuando ya aumentaron un 2,5 % en el caso de las pensiones contributivas y un 3 % en las cuantías mínimas y prestaciones no contributivas. Pero no va a estar destinado a todos aquellos beneficiarios de una ayuda de la Seguridad Social, sino que solo lo van a ver reflejado en sus cuentas los que cumplan con dos condiciones.
El aumento se trata de un pago complementario que ya indicó el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, para compensar los coeficientes reductores que afectaban a algunos jubilados. Algo que hacía que cobrasen menos de la cantidad que les correspondía pese a haber tenido un largo periodo de cotización a la Seguridad Social, intentando compensar esa diferencia a través de este método.
¿A qué pensiones afecta la nueva de la cuantía?
Antes siquiera de saber cómo va a ser ese aumento de las prestaciones de la Seguridad Social es necesario conocer cuáles son las pensiones que se van a ver afectadas y, por lo tanto, que recibirán este pago complementario en las cuantías que habitualmente reciben con motivo de ser beneficiario de una pensión contributiva de la Seguridad Social. Para ello hay que destacar que solo podrán optar a este nuevo aumento aquellos que cumplan tres requisitos imprescindibles, que son los siguientes:
- Haberse jubilado de manera anticipada.
- Haber cotizado, como mínimo, 44 años y 6 meses a la Seguridad Social. Aunque si la pensión es de menos de 900 euros podrá acceder cotizando solo 40 años.
- Haberse retirado entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2021.
Por lo que si se quiere cobrar un poco más en la prestación que se recibe actualmente es necesario haber puesto fin a la actividad laboral antes de cumplir los 65 años, edad fijada en 2022 para los que coticen más de 37 años y 6 meses. Algo que puede ocurrir en diferentes edades, ya que dependerá del tipo de jubilación anticipada que se solicite, si es voluntaria o forzosa tras un despido.
En función de la edad de jubilación, la pensión se verá afectada por un coeficiente reductor u otro, tal y como se mostrará a continuación. Algo que hará que desde la Seguridad Social se determine cuál será la cantidad de dinero extra que se ingresará junto a la pensión para así compensar la diferencia que haya entre lo que debería cobrar y lo que está recibiendo actualmente.
¿De cuánto será la subida de las pensiones en marzo?
Con respecto a la pregunta “del millón” sobre cuánto se va a cobrar con este aumento de las pensiones, hay que recordar que la subida dependerá de cómo afecta a la pensión la reducción con la se cobra menos. Esto quiere decir que no hay unas cuantías fijas determinadas para cada uno de los pensionistas, sino que dependerá de la pensión que se cobra.
Aunque lo cierto es que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha determinado que sí hay una cantidad mínima y una máxima. Tanto es así que, como poco, el pensionista afectado y beneficiario de esta medida recibirá entre los 4,5 euros y los 82 euros al mes. Además, no será necesario que el pensionista haga nada, sino que la Seguridad Social abonará el complemento de manera automática a aquellos que tengan derecho a la misma.
¿Qué coeficiente reductor afecta a estas pensiones?
Hay una serie de pensiones que van a experimentar esta subida, todas ellas afectadas por un coeficiente reductor y que, en este 2022, han cobrado menos de los que les pertenece. Para poder diferenciar cuál es el porcentaje que afecta una u otra es necesario diferenciar dos hechos distintos, el primero es si se trata de una jubilación anticipada voluntaria o forzosa y, después, la edad con la que se accede al retiro, quedando de la siguiente manera:
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Jubilación anticipada voluntaria: Puede retirarse 2 años antes de la edad ordinaria.
- 63 años: Reducción del 13 %.
- 64 años: Reducción del 4,75 %.
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Jubilación anticipada forzosa: Pueden retirarse hasta 4 años antes de la edad ordinaria.
- 61 años: Reducción del 24 %.
- 62 años: Reducción del 18 %.
- 63 años: Reducción del 12 %.
- 64 años: Reducción del 4,75 %.
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