El pensionista que está cobrando una prestación por ser beneficiario de pensión por incapacidad permanente total debe saber que es posible que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le retire el cobro de esta cuantía que está recibiendo. Todo ello es debido a que el afectado y beneficiario de la pensión se encuentre en alguno de los motivos por los que la Seguridad Social retira esta prestación.
Hay que recordar que esta incapacidad permanente total es aquella por la que el trabajador tiene un grado de invalidez que le impide realizar el trabajo que venía llevando a cabo habitualmente. Aunque no tiene por qué abandonar completamente la vida laboral, sino que puede realizar otras actividades profesionales más sencillas dentro de la empresa.
Si se es beneficiario de esta cuantía que el INSS destina de manera mensual, hay que saber que existen hasta 6 motivos por los que la Seguridad Social puede llegar a retirar el pago de la pensión. Y que, además, esta prestación se revisa por parte de la administración pública hasta que el pensionista alcanza la edad de jubilación, siendo cuando abandone la pensión de incapacidad permanente y alcance la propia de jubilación.
Motivos por los que se puede perder la pensión de incapacidad permanente total
La Seguridad Social aclara que existen hasta 6 motivos diferentes por los que un beneficiario de la prestación puede llegar a perder la pensión por incapacidad permanente total. Por lo que el trabajador que esté cobrando esta cuantía económica debe estar atento para no cumplir con alguna de estas causas y, con ello, perder la prestación que está recibiendo por parte del INSS, estos motivos son:
Mejora de la incapacidad permanente
El primer motivo por el que el Instituto Nacional de la Seguridad Social puede retirar el pago de una pensión por incapacidad permanente es debido a que, en una de las revisiones que realice el Tribunal Médico de la Seguridad Social, detecte que hay una mejoría de la discapacidad. Aunque hay que aclarar que esta debe ser suficiente como para que el afectado pueda cobrar una incapacidad parcial y volver así a su puesto de trabajo habitual.
Hay que añadir que esta revisión también puede conllevar la retirada total de la prestación por incapacidad permanente si se certifica que el afectado no cumple con los requisitos mínimos para la obtención de la misma. Además, el beneficiario de la pensión debe saber que estas revisiones que lleva a cabo la Seguridad Social las puede realizar de manera continuada hasta que el trabajador alcance la edad mínima legal de jubilación.
Trabajar en el mismo tipo de empleo
Otra de las causas que pueden conllevar la pérdida de la pensión por incapacidad permanente total es que el trabajador continúe trabajando en el mismo puesto en el que estaba anteriormente a sufrir la discapacidad. Hay que recordar, tal y como se ha detallado anteriormente, que este grado de invalidez supone que el trabajador no puede llevar a cabo el empleo que venía ejerciendo habitualmente.
Es por ello que, si se está cobrando una pensión de este tipo y la Seguridad Social detecta que el beneficiario está trabajando en el mismo tipo de trabajo que estaba ejerciendo antes de sufrir la incapacidad total puede retirarle el pago de esta. Aunque no solo eso, sino que, además, el trabajador no puede ejercer un trabajo en el que tenga que hacer una actividad similar a la que le causó la incapacidad permanente.
No acudir a las revisiones médicas
La tercera de las causas es la de no acudir a las propias revisiones médicas que exige el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Si el Tribunal Médico cita al trabajador afectado por este grado de incapacidad permanente a presentarse para una revisión de la discapacidad y éste no acude, el INSS retirará el pago de la prestación. Es por ello por lo que hay que estar atento para acudir a dichas revisiones los días y horas exactas en las que la Seguridad Social cita a los trabajadores con este grado de invalidez y que estén cobrando una prestación contributiva por incapacidad permanente total.
No entregar informes a la Seguridad Social
A dichas revisiones se debe acudir con una serie de documentos oficiales con los informes actualizados sobre la discapacidad y el beneficiario de esta prestación. En el caso de que el afectado acuda a estas revisiones pero no entregue los informes actualizados a la Seguridad Social, también puede conllevar una retirada de la pensión que está cobrando hasta el momento. Es por ello por lo que se pide especial atención a tener perfectamente actualizados estos escritos en el momento de su entrega y así evitar posibles problemas con el cobro de la ayuda económica que abona el INSS.
Si la Seguridad Social ha cometido un error en el diagnóstico
También es posible perder la prestación si es la Seguridad Social la que comete el error. Y es que si el Tribunal Médico del INSS certifica esta discapacidad en un primer examen, pero luego puede prever que ha cometido un error de diagnóstico en la incapacidad, por lo que podría volver a solicitar una revisión al afectado y, entonces, certificar el error cometido y con ello retirar la prestación de incapacidad permanente total.
No cumplir las recomendaciones médicas
Por último, también se puede perder esta cuantía si el afectado no cumple con las recomendaciones que le ha realizado el Tribunal Médico como tomar medicación, realizar ejercicios físicos específicos para que dicha incapacidad no vaya a un grado superior. Si el afectado “hace caso omiso” a las recomendaciones sanitarias y no cumple con las obligaciones médicas, la Seguridad Social también podrá retirar el cobro de la cuantía.
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