Sales con tus amigos a tomar unas cañas y estás pensando en la tarea que has dejado a medias en el trabajo. Y en la que tienes pendiente por hacer. Y en el correo que se te ha olvidado contestar. O el mensaje que tienes que enviarle a tu jefe. O ese otro apunte que se te olvidó decirle a tu compañero en el cambio de turno. Tu cabeza no para y, no importa que ya no estés en la oficina en tu puesto, que ese ‘run run’ te sigue martillando el cerebro y te pones a ello. No puedes desconectar, no puedes dejarlo.
Eso es el ‘efecto blurring’ o, mejor dicho, sus consecuencias. Un fenómeno que atrapa a cada vez más trabajadores en una época marcada por la inmediatez y por el mal uso de las nuevas tecnologías. Todo ello emborrona los límites entre la vida personal y profesional, separar una y otra cada vez es más difícil, lo que lleva a una “autoexplotación” laboral con daños perjudiciales para nuestra salud mental y en el peor de los casos también física.
Qué es el ‘efecto blurring’ y consecuencias
El ‘efeto blurring’ es la dificultad para separar la carga laboral de la vida personal, impidiendo la buena conciliación de ambas. Así lo define el Gabinete de Salud Laboral del sindicato USO, advirtiendo que se acentúa con el trabajo en remoto y el uso de las nuevas tecnologías.
Su nombre viene del inglés, del verbo ‘blurring’, que significa difuminar, haciendo referencia a esta dificultad para fijar los límites entre el trabajo y la vida personal. Sus efectos en la salud mental son claros, pudiendo provocar ansiedad, estrés, depresión, nerviosismo o agotamiento emocional, pero también puede provocar efectos negativos para la salud física, como dificultad para dormir, cansancio, fatiga o, en conjunto, la imposición de estilos de vida poco saludables, descuidado por ejemplo la alimentación.
Propiciado por las nuevas tecnologías
Las nuevas tecnologías ha instaurado una inmediatez que hemos llevado a todos los ámbitos de nuestra vida: no sabemos esperar. La facilidad de enviar un WhatsApp, llamar o enviar un correo, ha hecho que demandemos una respuesta inmediata para todo, lo que lleva a desdibujar los límites entre el trabajo y nuestra vida personal y, en consecuencia, seamos incapaces de desconectar realmente del trabajo.
Sin embargo, antes de que todos tuviéramos un teléfono móvil, resultaba impensable que nuestro jefe o compañero de trabajo pudiera llegar a buscar fuera de nuestra jornada para preguntarnos cualquier asunto laboral o demandarlo algo sobre el mismo. Si es así, ¿por qué lo permitimos ahora? Es algo que reflexionan desde USO, que también avisan de un derecho que recoge nuestra normativa y que se debe respetar: el derecho a la desconexión digital.
Derecho a la desconexión digital
El derecho a la desconexión digital está recogido en el artículo 88 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales; en el artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores y en el artículo 18 del Real Decreto-Ley de trabajo a distancia.
Se reconoce así, en nuestra normativa, que los “trabajadores tienen derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por el empleador, a la desconexión digital y a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y geolocalización en los términos establecidos en la legislación vigente en materia de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales” o el “derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar”.
Sin embargo, es algo que en la práctica no se está respetando, sea por parte de la empresa o del propio trabajador. De ser la compañía para la que se trabaja quien no lo respeta, se debe recordar que se puede tratar de una infracción grave o muy grave y que se puede denunciar la Inspección de Trabajo.
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