Le despiden de Carrefour tras explotar en una reunión donde lanzó bandejas: “nos estáis explotando, no puedo más”, pero es improcedente

El indecente fue algo aislado, duró poco y además el trabajador estaba visiblemente nervioso. Así, el TSJ de Asturias considera que el despido fue desproporcionado.

Le despiden de Carrefour tras explotar en una reunión donde lanzó bandejas: “nos estáis explotando, no puedo más”, pero es improcedente |EFE
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El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha declarado improcedente el despido disciplinario de un empleado de Carrefour que, a consecuencia de un episodio de alteración emocional, gritó a su responsbale y dañó material de trabajo. Este tribunal aplicó la teoría gradualista, argumentando que el despido era desproporcionado dada su antigüedad y falta de antecedentes.

El empleado llevaba trabajando para la cadena de supermercados desde noviembre de 2017. En junio de 2023, tuvo lugar el incidente, tras una reunión de sección, cuando el trabajador comenzó a gritar frases como “nos estáis explotando”. Tras ser recriminado por su responsable, respondió de malos modos: “a mí no me hables, me cago en Dios”.

Posteriormente, entró en el obrador donde, en un estado “visiblemente nervioso”, lanzó bandejas con fuerza sobre una mesa, llegando a romper algunas, mientras gritaba repetidamente “no puedo más, no puedo más”. Debido a este incidente, fue despedido disciplinariamente el 6 de julio de 2023, pero el trabajador reclamó su despido. 

El Juzgado de lo Social declara el despido procedente

En un principio, el Juzgado de lo Social n.º 3 de Gijón dio la razón a Carrefour y declaró el despido procedente, desestimando la demanda del empleado. Este, como seguía sin estar conforme, lo intentó una segunda vez, e interpuso un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias.

En este recurso, el trabajador defendió que el día del incidente se produjo un importante incremento de la carga de trabajo, sobre todo en su sección, por lo que lo ocurrido se debía entender en un contexto de sobrecarga extrema y agobio, sin significar en ningún caso faltas de respeto ni transgresión de la buena fe contractual. Asimismo, apeló a la teoría gradualista.

El TSJ de Asturias corrige y declara el despido improcedente

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias analizó el recurso del empleado bajo la doctrina gradualista, que exige que para que un despido sea válido, el incumplimiento debe ser no solo grave, sino también culpable y proporcional a la sanción impuesta.

Bajo esta visión, el tribunal señaló que el incidente fue puntual y de corta duración, además de que el trabajador manifestaba “alteración emocional” y sus gritos de “no puedo más” indicaban que sus acciones no estaban dirigidas específicamente contra sus responsables u otras personas, sino que eran fruto de una situación de “malestar y zozobra personal”.

También destacaron que contaba con una antigüedad de más de 5 años sin antecedentes disciplinarios previos ni quejas sobre su rendimiento. En referencia a Carrefour, la compañía de supermercados calificó los hechos como dos faltas muy graves distintas: por un lado falta de respeto y por otro transgresión de la buena fe contractual. Sin embargo, el tribunal consideró que esto era una respuesta de “mayor rigor y dureza” injustificada, ya que el Convenio Colectivo de Grandes Almacenes reserva el despido solo para faltas calificadas en su “grado máximo”.

Por todo ello, consideraron que el despido fue desproporcionado, estimando el recurso del trabajador y declarando que era improcedente. Así, Carrefour debía elegir entre readmitirle, abonándole los salarios de tramitación, o pagarle una indemnización de 6.472 euros. Esta sentencia no era firme y se podía recurrir en casación.

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