Un hombre se hace pasar por militar para conseguir una hipoteca de 600.000 euros que después deja de pagar: la justicia responsabiliza al notario por no detectarlo

El notario debía comprobar la identidad del comprador, además de sus antecedentes de quiebra, consultando los boletines oficiales antes de autorizar la escritura.

Una persona vestida de militar firmando un documento |Envato
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La firma de una hipoteca ante notario suele percibirse como una garantía de seguridad jurídica. Sin embargo, esa protección puede fallar si no se verifican adecuadamente los datos. Así lo ha declarado el Tribunal de Casación francés, que ha responsabilizado a un notario por no detectar que uno de los compradores de un inmueble estaba en situación de insolvencia y había utilizado una identidad falsa para obtener el préstamo.

El caso se remonta a 2013, cuando un hombre de unos cuarenta años y su pareja solicitaron conjuntamente un préstamo de 600.000 euros para adquirir un apartamento en el suroeste de Francia. Según informan desde Figaro Inmobiler la escritura de compraventa se formalizó ante notario el 8 de octubre de ese año. Sin embargo, pocos meses después dejaron de pagar las cuotas de la hipoteca. 

Ante el impago, el banco activó la cláusula de vencimiento anticipado y la sociedad de garantía hipotecaria asumió las cantidades pendientes a finales de 2015, iniciando posteriormente acciones judiciales contra ambos compradores para recuperar el dinero.

El notario debía verificar la solvencia del comprador

La expareja del hombre explicó que su entonces compañero se había hecho pasar por militar de carrera utilizando una identidad falsa y que, además, se encontraba en concurso de acreedores desde 2006. Sostuvo que era responsabilidad del notario comprobar esa situación antes de autorizar la escritura, especialmente consultando los boletines oficiales donde se publican los procedimientos de insolvencia.

El Tribunal de Casación (el equivalente al Tribunal Supremo en España), recordó que “el notario está obligado a verificar, mediante todas las investigaciones necesarias, las declaraciones realizadas por el comprador”, cuando estas afectan a la validez o eficacia de la escritura que autoriza.

En particular, concluyó que “correspondía al notario verificar las declaraciones del comprador sobre su capacidad para obtener un préstamo y adquirir un inmueble, en particular consultando las publicaciones jurídicas relativas a los procedimientos de insolvencia”.

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