La llegada de un nuevo bebé puede suponer un gran desembolso económico durante los primeros años de vida. Conscientes de los problemas económicos que pueden tener algunas unidades familiares, sobre todo cuando son monoparentales y hay más hijos, ha habilitado una ayuda de 100 euros para ciertas familias. Habrá que cumplir unos requisitos para su solicitud.
Esta renta de crianza forma parte de la nueva Ley de Familias que impulsó la exministra Ione Belarra en la anterior legislatura y que ya ha entrado en vigor. Aprobada en marzo de 2023, el objetivo es ampliar la protección para los menores y las familias españolas con esta aportación extra en cada mensualidad hasta que el niño cumpla los tres años.
Requisitos para cobrar la ayuda de 100 euros de la Seguridad Social
Es cierto que algunas madres tenían derecho a esta prestación mensual por hijo a cargo, aunque ahora la protección va hacia más variedad de familias. El requisito fundamental pasa porque la cobren las familias con hijos entre 0 y 3 años y que formen parte de algunas de las unidades familiares que se detallan a continuación:
- Madres desempleadas que pueden estar cobrando el paro o algún subsidio por desempleo. También aquellas que no reciban ningún tipo de ayuda al desempleo.
- Las madres que trabajen a jornada completa o parcial, pero que lleven al menos 30 días de alta en la Seguridad Social o mutualidad correspondiente, como Muface si son funcionarias.
- Las familias monoparentales cuando uno de los progenitores esté ingresado durando más de un año o permanezca en prisión o porque la custodia del menor solo la tenga el solicitante de la ayuda.
- El padre o tutor si la madre ha fallecido.
- Igualmente, tienen derecho las parejas formadas por personas con el mismo sexo.
Cómo solicitar la ayuda de 100 euros por hijos menores a cargo
Aquellos interesados en solicitar la Renta de Crianza de 100 euros por hijo deben rellenar el modelo 140 habilitado en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y a la que se puede acceder en este enlace. Una vez completado puede enviarse por varias formas:
- De forma presencial en cualquier delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. También puede enviarse por correo postal.
- Telemáticamente, por teléfono llamando al número 901 200 347. También a través de la misma sede electrónica de la AEAT, siempre que se disponga de certificado electrónico, DNI electrónico o Sistema Cl@ve.
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