El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, liderado por Elma Saiz, ha aprobado recientemente un nuevo convenio especial que mejora la pensión de jubilación de miles de trabajadores por sus períodos como becario o estudiantes en prácticas. Supone un aumento extra del periodo de cotización en cinco años, pero solo para quienes cumplen con unas condiciones específicas.
Al cumplir los 60 años e ir acercándose a la edad de jubilación, los trabajadores intentan sumar el mayor número de años cotizados posibles, ya que esto puede ser ventajoso por tres motivos. El primero, es que sumarlos mejoraría la cuantía de la pensión de jubilación. El segundo, es que si una persona tiene menos de 15 años cotizados pero le falta poco tiempo para conseguirlo, podría tener acceso a la pensión contributiva de la Seguridad Social.
Por último, podría ser determinante para la edad de retiro, ya que si suman más de 38 años, tienen derecho a jubilarse a los 65 y no esperar a los 66 años y seis meses. Pero, ¿qué requisitos hay que cumplir para acogerse al convenio especial? ¿A quiénes beneficia?
Las condiciones de la Seguridad Social para sumar cinco años de cotización extra a la jubilación
Desde la propia Seguridad Social han explicado cuáles son las condiciones para que un trabajador pueda sumar cinco años a la jubilación. La persona que quiera suscribir el convenio especial por los años que trabajó como becario debe seguir los requisitos de la Ley General de la Seguridad Social, el Real Decreto Legialativo 8/2015, publicado en el BOE.
La persona debe acreditar que ha recibido estudios y trabajado como becario en programas de investigación, tanto si se han efectuado en España como en el extranjero.
Además, deben haber estado haciendo prácticas con una beca no remunerada antes del 1 de noviembre de 2011, puesto que a partir de ese momento, sí que la Seguridad Social aprobó la normativa para cotizar las prácticas que eran pagadas como un salario.
En caso de que esta etapa de formación en el ámbito laboral no fuera remunerada económicamente, se computarán los períodos correspondientes antes del 1 de enero de 2024. Es decir, que contarán hasta un máximo de cinco años los periodos en prácticas no remuneradas.
Aspectos a tener en cuenta antes de suscribir el convenio especial
Una vez comunicada esta decisión a finales de abril de 2024, el propio secretario de Estado de Pensiones, Borja Suárez, quiso hacer uso de su perfil en ‘X’ para aclarar varios aspectos relacionados con el nuevo convenio especial. “Me gustaría hacer unas aclaraciones sobre la nieva posibilidad de rescate de los periodos en prácticas o en programas de formación investigadora para el cómputo de la pensión”:
- Consiste en una procedimiento extraordinario para incorporar la cotización de las prácticas.
- “Se vehiculiza” mediante este convenio especial durante un periodo de dos años con el que se tiene la opción de recuperar hasta un máximo de cinco años.
- Para que la cotización sea adecuada, debe estar actualizada al Salario Mínimo Interprofesional.
- Tiene el mismo diseño que el resto de cotizaciones que se llevó a cabo en 2011.
- Para recuperar las cotizaciones, se debe efectuar un pago: se toma la base de cotización del grupo 7 del Régimen General de la Seguridad Social vigente en el año en el que se realizaron las prácticas que se quieren recuperar.
- El pago se efectuará a elección: o pago único o fraccionado.
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