La pensión por incapacidad permanente se genera cuando un trabajador, debido a un accidente o enfermedad, ha visto anulada parcial o totalmente su capacidad para trabajar. Esto abre la puerta a volver a trabajar y a cotizar, por lo que una de las preguntas más frecuentes es si se pueden cobrar dos pensiones de incapacidad permanente a la vez. Como norma general, la Seguridad Social no lo permite, aunque existen excepciones según la normativa.
Para entenderlo mejor hay que ir al artículo 163 de la Ley General de la Seguridad Social. En él, establece que “las pensiones de este Régimen General serán incompatibles entre sí cuando coincidan en un mismo beneficiario”. Esto quiere decir, que dos pensiones bajo el mismo régimen son incompatibles. Ahora el artículo continúa diciendo que “a no ser que expresamente se disponga lo contrario, legal o reglamentariamente”.
En resumen, la Ley General de la Seguridad Social establece que no es posible cobrar dos pensiones del mismo régimen, como dos pensiones de incapacidad permanente o una de jubilación y otra de incapacidad permanente bajo el régimen general. Además, si se cobra una pensión de incapacidad permanente al llegar a la edad de jubilación, esta se convierte en una pensión de jubilación.
El único caso que sí es compatible
La única excepción que permite cobrar dos pensiones de incapacidad permanente a la vez es cuando estas provengas de dos regímenes diferentes de la Seguridad Social. Por lo tanto, la cuestión ahora es saber cuántos regímenes lo integran. En total hay cuatro que son:
- Régimen General de la Seguridad Social.
- Régimen Especial de Trabajadores
- AutónomosRégimen Especial de la Minería del Carbón.
- Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
Hay que tener en cuenta, que aunque las pensiones por incapacidad permanente provengan de distintos regímenes de la Seguridad Social y no excedan el límite máximo establecido, no siempre se garantiza el derecho a cobrarlas de manera simultánea.
Según explican desde la Seguridad Social, es necesario cumplir con los requisitos específicos de cada régimen de manera independiente. Es decir, que no se pueden sumar las cotizaciones de diferentes regímenes para obtener el derecho a ambas pensiones si hay deficiencia en la cotización en alguno de ellos.
Ahora bien, si se solicita una única pensión, es posible sumar las cotizaciones de distintos regímenes siempre que los períodos cotizados no coincidan en el tiempo.
Qué pasa al llegar a la edad de jubilación cobrando dos pensiones de incapacidad permanente
Al llegar a la edad de jubilación, la Seguridad Social cambiará la denominación de ambas prestaciones, pasando a ser pensión de jubilación. En este cambio no se pierde dinero, ya que se seguirá cobrando la misma cuantía.
Es posible que alguna de las dos pensiones por incapacidad se cobre en 12 pagas, sin derecho a paga extraordinaria. En este caso, la pensión se empezará a percibir en 14 pagas. No se pierde cuantía en la prestación, pero la Seguridad Social tendrá que recalcularla para pasar de 12 a 14 pagas.
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