Los trabajadores que hubieran cotizado en Estados Unidos deben saber que pueden tener derecho a pensión en España a través de lo que se conoce como totalización de periodos, es decir, la suma de los periodos de cotización acreditados en ambos países a efectos de cumplir los requisitos de acceso a la pensión. Miriam Ruiz Acosta, abogada laboralista, explica una resolución real de uno de sus clientes y da una cifra que sorprende.
“Resuelta una jubilación con totalización de periodos con Estados Unidos en menos de tres meses”, relata mientras muestra en cámara el documento oficial. La solicitud se presentó el 17 de diciembre y la respuesta llegó el 11 de febrero (en concreto, 56 días después).
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La abogada explica que el mecanismo tiene dos fases. En la primera, los periodos de cotización acreditados en ambos países se suman para verificar si el trabajador cumple el requisito mínimo de cada sistema. En España, ese mínimo es de 15 años de cotización para acceder a la pensión de jubilación contributiva. Si los años españoles no alcanzan esa cifra por sí solos pero los americanos completan el cómputo, la totalización permite acreditar el acceso.
La segunda fase es, que cada país calcula y abona su propia parte de forma independiente. La cuantía no es íntegra, sino proporcional. “La pensión corresponderá en proporción a los periodos de seguro cumplidos en el país que la otorgue”, establece el texto del Convenio sobre Seguridad Social entre España y los Estados Unidos de América. Si un trabajador cotizó 18 años en España y 12 en EE.UU., el Instituto Nacional de la Seguridad Social abonará la parte proporcional a esos 18 años y la Social Security Administration americana pagará la correspondiente a los 12 años americanos.
Hay que aclarar que los periodos coincidentes en el tiempo no se acumulan. Es decir, que la totalización suma tramos, no duplica cotizaciones.
Los plazos dependen del otro país: rápido con EE.UU., variable con el resto
El dato que destaca Ruiz Acosta no es solo que el trámite funcione. Es la velocidad. “Cuando solicitáis una pensión de jubilación en base a un convenio internacional los plazos de respuesta varían mucho, ya que al final depende del otro país en el que habéis cotizado”, explica en el vídeo. Pero en este caso con Estados Unidos el expediente se cerró en menos de tres meses. Rápido.
El convenio España-EE.UU. cubre, además de la jubilación, la incapacidad permanente y las pensiones de supervivencia. Pueden acogerse tanto los trabajadores españoles con periodos de cotización al sistema americano como los ciudadanos estadounidenses que cotizaron en España. La solicitud se tramita en España a través de los centros de atención del INSS si el interesado reside en territorio español en el momento de pedirla.
Novedad que mejora la pensión de quienes cobran en los dos países
El marco regulatorio ha mejorado recientemente por un cambio legislativo en Estados Unidos. La Social Security Fairness Act, aprobada a principios de 2025, suprimió dos penalizaciones que el sistema americano aplicaba a quienes ya cobraban pensión de un sistema extranjero (el Windfall Elimination Provision y el Government Pension Offset). Hasta entonces, recibir pensión española reducía automáticamente lo que EE.UU. pagaba. Eso se acabó. Los trabajadores que cobran jubilación de ambos países ya no ven recortada su parte americana por el hecho de recibir también la española.
A eso se suma que el 8 de abril de 2024 España y Estados Unidos firmaron un nuevo convenio bilateral, el primero desde 1986, que mejora el cálculo de la pensión española para quienes terminaron su carrera laboral en EE.UU. El nuevo texto, pendiente de ratificación parlamentaria, establece que el INSS realizará dos cálculos paralelos y abonará el más favorable. No entra en vigor hasta que el Congreso lo ratifique, pero su aprobación ya está en marcha.